El 15 de septiembre de 2020, la Cámara de Apelaciones en lo penal presidida por Javier Beltramone absolvió a un hombre de 27 años por el delito de abuso sexual con acceso carnal de una niña de 11 años. El voto del integrante de la terna para fiscal general de la provincia asegura que "ninguna duda cabe, y se encuentra hartamente probado que ambos mantenían una relación de pareja". Sin embargo, en el artículo 119 del Código Penal queda claro que antes de los 13 años no hay consentimiento posible. La resolución fue apelada por el fiscal Aquiles Balbis, que luego presentó un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia de la provincia. La ministra Celia Arena confirmó ayer que el gobernador elevará los nombres elegidos para cada cargo la semana próxima.
Cuando se conoció la terna para fiscal general, que integran también el santafesino Roberto Prieu Mántaras y Cecilia Vranicich, la campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito manifestó su repudio a la candidatura del camarista santafesino por tres fallos: la absolución de monseñor Edgardo Storni por abuso sexual, la revocatoria de la sanción del Tribunal de Ética del Colegio de Psicólogos a Belén Catalano, integrante de la ONG Grávida y la absolución de un acusado por abuso sexual cometido contra su sobrina de 12 años.
"Le pedimos al estado provincial que cumplan dos leyes vigentes, que son la ley de paridad y la ley Micaela. Yo no le tengo que decir al Consejo de la Magistratura que eleven postulantes con perspectiva de género, porque la ley Micaela dice que todo funcionario debe tenerla", expresó Silvia Augsburger, de Ojo Paritario y la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto. La activista -que fue diputada nacional y provincial- aseguró que las ternas enviadas para cubrir los cargos de Fiscales general, regionales y Ministerio Público de la Defensa no tienen paridad.
La falta de paridad es otro de los cuestionamientos a este concurso para fiscalías regionales. Así lo expresa un recurso de revocatoria y apelación presentado por María Laura Cecilia Maensa, postulante para cubrir el cargo de Defensora Regional de la segunda circunscripción, quien elevó una nota dirigida a la ministra de Gobierno, Celia Arena, para reclamar por el incumplimiento de la ley provincial 14002, de paridad de género, ya que la terna elevada para ese cargo es exclusivamente masculina.
Si de absoluciones se trata, este diario publicó la nota "Dos abusos a una niña", en diciembre de 2020, para contar la absolución del acusado por abuso sexual con acceso carnal. La niña comenzó la supuesta relación a los 11 años, quedó embarazada a los 12 y concurrió a un centro de salud de una localidad cerca de Rosario. El personal de Salud dio intervención a la Dirección provincial de Niñez, que actuó, cuando el embarazo estaba muy avanzado. La nena fue alojada en una institución y el hombre fue denunciado por una funcionaria pública, en cumplimiento de la ley provincial sobre infancia. Estuvo detenido y fue condenado, en primera instancia, a siete años y medio de prisión. Pero en segunda instancia lo absolvieron.
Como la sentencia hacía caso omiso de leyes nacionales y convenciones internacionales de rango constitucional, el Centro de Estudios Feministas Jurídicos y Sociales (CEFEJUS) de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario, acompañado por instituciones y personalidades que trabajan en derechos humanos con perspectiva de género, presentaron un amicus curiae, pero la Corte no lo tuvo en cuenta. Y también negó, en diciembre de 2021, el recurso de insconstitucionalidad interpuesto por Balbis.
Unos cuantos años antes, en diciembre de 2014, el mismo Beltramone concedió la prisión domiciliaria con salidas laborales a César Varela, un hombre que había secuestrado y agredido a su ex pareja, María Cristina Ponce, en Villa Gobernador Gálvez. A la víctima, los vecinos le avisaron que el hombre circulaba con el auto en el que trabajaba de remisero por la zona donde vivía ella.
Beltramone es también el autor del voto en la resolución que, el 20 de diciembre de 2019, reduce la pena de Fernando Godoy, que había sido condenado en primera instancia por el femicidio de Tamara Merlo, el 10 de junio de 2017. "La Fiscalía se ha valido -y el tribunal así lo ha receptado de forma poco feliz- del argumento de que Godoy pudo ser una persona violenta, sencillamente porque la hija de un testigo le dijo a éste que una vez lo vio a Godoy pegarle una cachetada a su entonces esposa. Es decir, la fragilidad de la información estriba en que son los dichos de una niña de 14 años que le cuenta a su padre que ve, sin determinar el contexto, el modo, la forma ni la situación, de lo que dice que ve", dice el voto de Beltramone. Para este juez, una niña de 11 años puede consentir una relación sexual pero una de 14 no puede distinguir una situación de violencia de género.
"Si los fallos de un funcionario incluido en la terna para Fiscal General no tienen perspectiva de género, tiene que estar afuera, porque la Ley Micaela plantea expresamente que deben tenerla", consideró Augsburger consultada sobre los requerimientos para ser fiscal regional o general. "Lo único que pido es que respetemos en leyes que tenemos, que se sancionaron con inmenso consenso", agregó.