La Justicia porteña ordenó al Gobierno de la Ciudad garantizar la participación de los vecinos en la discusión del nuevo Código Urbanístico, como se establece en la Constitución de la Ciudad y en el Plan Urbano Ambiental. El Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad indicó que la administración debe cumplir, así, con lo que establecen la Constitución de la Ciudad y el Plan Urbano Ambiental. La sentencia expresó que actualmente la discusión “se halla sesgada por hacer lugar a una participación preferencial, básicamente la de los sectores del negocio inmobiliario”.
La medida surgió a raíz de la presentación de una acción de amparo por parte del Observatorio del Derecho a la Ciudad e integrantes de la Campaña por una Carta del Derecho a la Ciudad, que solicitaba la democratización en el debate sobre nuevo Código Urbanístico. La medida cautelar dictada por la jueza Elena Liberatori ordena al Gobierno de la Ciudad “elaborar un cronograma de participación comunal”, “poner en funcionamiento canales alternativos de comunicación para la difusión de la convocatoria al Foro Participativo Permanente”, “convocar a las entidades comunales en todas las instancias de su participación”, y “poner a disposición de los interesados la información referida a estudios, relevamientos y diagnósticos de la situación de la Ciudad relacionada con el nuevo Código Urbanístico, y se haga saber lugar y horarios disponibles para su consulta en las mismas condiciones que sea formulada la convocatoria”.
La sentencia sostiene que en la decisión e implementación del nuevo Código Urbanístico deben respetarse los criterios establecidos en la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y en el Plan Urbano Ambiental, a fin de garantizar la participación ciudadana, y asevera que no fueron considerados por el Gobierno de la Ciudad. Entre esos criterios, la magistrada destacó el principio de mayor amplitud en la discusión y decisión del planeamiento de la ciudad, el principio Pro Participación, el principio de la más amplia difusión, y el principio de respeto de la Democracia Comunal.
El fallo precisa que “tanto la convocatoria ministerial como la efectiva integración del Foro (Participativo Permanente), se halla sesgada por hacer lugar a una participación preferencial, básicamente la de los sectores del negocio inmobiliario”. En diálogo con PáginaI12, el presidente del Observatorio del Derecho a la Ciudad, Jonatan Emanuel Baldiviezo, aseguró que “el Gobierno de la Ciudad restringe la participación ciudadana porque está armando el código con empresas relacionadas al negocio inmobiliario, para poder llevar adelante proyectos y negociados en conjunto”. Baldiviezo advirtió que “los sectores inmobiliarios le exigen al Gobierno de la Ciudad que les brinde seguridad jurídica para poder realizar estos proyectos”, y que “si se abre el debate a los ciudadanos todo esto quedaría al descubierto”. “Esta es la ley más importante para la ciudad porque el Código Urbanístico establece qué se puede contruir, cómo y dónde. Hoy están centrándose en los arreglos jurídicos con las empresas inmobiliarias y dejan afuera las cuestiones importantes como el problema habitacional que hay en la ciudad, lo que se va a hacer con los espacios verdes y con la protección a los barrios inundables, entre otras cosas”, añadió Baldiviezo.