La Justicia rechazó el pedido de libertad condicional de Fructuoso Álvarez González, el autor material de la denominada "Masacre de Flores", en la cual el 17 de febrero de 1994 cuatro integrantes de una misma familia y un amigo murieron quemados por el incendio intencional de la vivienda donde se hallaban. La resolución se basó en los informes socioambientales que elaboró el penal que lo aloja y la tomó la titular del Juzgado Nacional de Ejecución Penal 1, María Jimena Monsalve, quien desestimó la solicitud de Álvarez González, condenado a prisión perpetua, en 1995 por ese hecho.

Tras el fallo, el único sobreviviente de la masacre, Matías Bagnato, dijo estar "satisfecho" con la decisión de la jueza: "Estaba prácticamente sin dormir esperando este dictamen. Por supuesto, soy consciente que no se termina acá. Es un fallo contundente. Pero bueno, hay que seguir peleándola", expresó Bagnato.

La jueza basó su decisión en los informes socioambientales realizados por el Consejo Correccional del Complejo Federal de Ezeiza 1, prisión en la que Álvarez González permanece alojado hace 12 años, los cuales indicaron "de manera unánime" que no está en condiciones de ser excarcelado.

"Fueron tenidos en consideración los informes elevados por el Consejo Correccional y, a partir de un análisis reflexivo sustentado en la aplicación de principios constitucionales, concluyó no propiciar la incorporación de Álvarez González a la libertad condicional en estudio", explicó la magistrada.

Actitudes hostiles dentro de la cárcel

También, la jueza aseguró que el autor de la "Masacre de Flores" presentó una "evidenciada involución" en su comportamiento dentro del penal, al manifestar "dificultades para acatar los reglamentos internos, como así su falta de apego en punto a los objetivos fijados por las diferentes áreas de tratamiento".

En ese sentido, la jueza Monsalve observó que el pronóstico de reinserción social de Álvarez González "no es favorable", lo cual, sumado a "la escasez de autocrítica" del condenado con respecto al crimen que cometió, evidencia "la necesidad de que continúe su tratamiento" en la cárcel.

Por su parte, los especialistas del Consejo Correccional de la prisión dependiente del Servicio Penitenciario Federal (SPF) consideraron en las mencionadas evaluaciones que el condenado mostró "en el último tiempo actitudes hostiles hacia el personal encargado de su tratamiento".

"En los últimos meses, se ha empezado a considerar que el cumplimiento con las áreas de tratamiento estaría atravesado más por lo formal del mismo, de asistencia superficial a los espacios ofrecidos y no de aprovechamiento del espacio en función de lo propuesto por cada área, y ante los señalamientos realizados ha mostrado una actitud confrontativa y desafiante hacia las diferentes áreas de tratamiento con manifestaciones y escritos descalificantes hacia las actividades y personal encargado del mismo", ampliaron los profesionales.

Otro de los puntos que tuvo en cuenta los miembros del Consejo a la hora de la elaboración del informe fue la imposibilidad de mantener una entrevista con la sobrina del recluso, quien fue señalada como su referente a la hora de proporcionarle un domicilio en la localidad bonaerense de Tortuguitas en caso de que sea liberado.

"En suma, si bien contaría una propuesta habitacional y una referente dispuesto a recibirlo, por no haber podido mantener entrevista con la referente del interno por encontrarse la nombrada de viaje en el extranjero, queda pendiente dicha entrevista y la corroboración del domicilio hasta su regreso", señalaron.

Por su parte, la abogada defensora de Álvarez González, Patricia Croitoru, adelantó que apelará la decisión de la jueza Monsalve, al considerar que "los informes penitenciarios son arbitrarios". Además, la representante legal del múltiple homicida aseguró que va a pedir que el condenado continúe cursando su pena bajo un régimen de prisión domiciliaria, debido a su "deteriorado estado de salud".

Cómo fue la masacre de Flores

El 17 de febrero de 1994, Álvarez González, exsocio de José Bagnato, decidió incendiar intencionalmente la vivienda de la familia, ubicada en Baldomero Fernández Moreno y Pumacahua, en el barrio de Flores. El hombre arrojó dos bidones con combustible y prendió fuego la casa.

Como resultado del ataque perdieron la vida José Bagnato (42); su esposa Alicia Plaza (40); sus hijos Fernando (14) y Alejandro (9) y Nicolás Borda (11), un amigo de los chicos que se había quedado a dormir. Matías, entonces de 16 años, fue el único sobreviviente de la masacre porque no se encontraba en la vivienda en esa noche.

En 1995, Álvarez González fue condenado a prisión perpetua. No obstante, al tener ciudadanía española, en 2004 fue trasladado a ese país para terminar de cumplir su condena, donde lo liberaron.

Tras amenazar de muerte a Matías y luego de descubrir las irregularidades, en 2011 el juez de Ejecución argentino Axel López ordenó la recaptura de Álvarez González.

En 2018, Casación Penal rechazó un pedido para que Fructuoso Álvarez González sea extraditado nuevamente del país.

El Observatorio de Víctimas de Delitos, integrado por Matías y familiares de otras víctimas de casos de violencia, impulsó la Ley 27.372 de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos, mediante la cual se creó el Centro Nacional de Asistencia a las Víctimas de Delitos para ayudar y asesorar tanto a familiares como a víctimas de hechos de violencia.

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