La Secretaría de Energía dispuso un aumento del 10%, retroactivo al 1° de marzo, de los precios máximos de referencias de las garrafas de 10, 12 y 15 kilos para fraccionadores, distribuidores y para la venta al público, así también como para el butano y el propano destinado a los productores adheridos al programa Hogar.
La medida se formalizó a través de la Resolución 168/2023, publicada este martes en el Boletín Oficial, la cual actualizó los montos que estaban vigentes desde febrero de este año. De esta forma, el precio máximo de referencia para la garrafa de 10 kilos pasó de $606 a $667 para los fraccionadores, de $1.064 a $1.171 para los distribuidores, y de $1.118 a $1.229 para la venta al público.
En el caso de las garrafas de 12 kilos, los precios máximos pasaron de $728 a $800, de $1.277 a $ 1.405 y de $1.341 a $1.475; mientras que en las de 15 kilos de $910 a $1.000, de $1.597 a $1.756 y de $1.677 a $1.844, respectivamente.
Por otra parte, por medio de la resolución 167/2023 se autorizó una asistencia de $351.968.724,86 para once empresas productoras, con el propósito de asegurar el suministro de garrafas en hogares de bajos recursos.
Precios para los productores adheridos al programa Hogar
En tanto, el precio máximo de referencia por tonelada de butano y propano para los productores adheridos al programa Hogar será de $35.672, de acuerdo con lo establecido en los anexos de la resolución.
En los considerandos de la medida se indicó que "los precios máximos de referencia cumplen un rol primordial para poder dar efectivo cumplimiento a los objetivos trazados en la Ley 26.020",de Régimen de Industria y Comercialización de Gas Licuado de Petróleo (GLP).
Entre esos objetivos "se destaca, principalmente, el de asegurar el suministro económico de GLP a sectores sociales residenciales de escasos recursos que no cuenten con servicio de gas natural por redes".