Seis minutos duró la lectura de la sentencia en la voz de Gustavo Fissore, que junto a Alexis Simaz y Roberto Falcone dieron su veredicto en el juicio por el caso de Lucia Pérez. Abajo fueron seis minutos de un silencio que se interrumpió cada vez que se mencionaron las condenas: para Matías Farías prisión perpetua y para Juan Pablo Offidani 8 años de cárcel, que unificada con una condena anterior suma 16 años de prisión. Consideraron a Farías autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el suministro de estupefacientes en concurso real con femicidio y al segundo como partícipe secundario del mismo delito.
En la vereda, justo seis pisos debajo de la diminuta sala de audiencias, se instalaron desde muy temprano organizaciones feministas, familiares de víctimas, partidos políticos y medios de comunicación para, después de la sentencia, escuchar las palabras de la mamá de Lucía. Una Marta Montero que lleva siete años esperando una respuesta y que ahora en ese pequeño lapso pudo obtenerla: “Con esta perpetua todo cambió. Si no hubiéramos hecho lo que hicimos, Lucía no hubiese tenido justicia”
Un rectángulo hecho de cartulina con la foto de los ojos de Lucía podía verse colgado en mochilas, pegado a una remera o sostenido en las manos y de fondo una canción que suena familiar: “Ya vas a ver, las pibas que vos mataste van a volver”. Y en esa letra que tiene más deseo que otra cosa, de que vuelvan, de que no haya pasado, existe y existirá un dolor irreparable, una necesidad de atrapar en esos seis minutos una condena que alivie, el fallo, la sentencia, los fundamentos, todo parte de un lenguaje judicial que hay que dominar para equiparar lo que pasa en la vida y lo que ocurre en el Tribunal.
Los fundamentos
Los jueces comenzaron la lectura de la sentencia rechazando el pedido de inconstitucionalidad que había solicitado la defensa con respecto a la prisión perpetua y en una lectura muy escueta concluyeron con esta etapa del proceso judicial.
El caso de Lucia Pérez todavía tiene mucha tela para cortar; en términos judiciales están las 127 páginas de fundamentos y las apelaciones. La parte acusatoria había pedido para Juan Pablo Offidani la prisión perpetua por considerarlo partícipe principal y la fiscalía en sus alegatos lo consideró partícipe secundario, según la querella, seguirán “el camino de la apelación” porque entienden que la condena no le corresponde como partícipe necesario del crimen y sí una condena como la que se le aplicó a Matías Farías.
En los extensos fundamentos del fallo se abordó una de las cuestiones más discutidas en el debate en relación al consentimiento. Mas de 20 puntos para concluir en que las marcas en el cuerpo de Lucía no fueron las que acreditaron el abuso sexual sino la falta de consentimiento probada en base a la perspectiva de género, traducida en asimetría de poder e interseccionalidad de las vulnerabilidades: mujer, menor, sin dinero propio y con consumo problemático. En tanto que Farías no era adicto pero sí tenía la droga que ella quería en su poder. En este sentido, se tuvieron en cuenta los aportes del amicus curiea y convenciones internacionales sobre violencia por razones de género entre toda una serie de basamentos teóricos y de jurisprudencia.
Otro de los puntos más discutidos era la cuestión del dolo, es decir, la intención de matar por parte de Farías. Tanto para Falcone como para Simaz, Farías tendría que haber protegido el valor de la vida de Lucía y eso no le importó, así lo describe Falcone en el fundamento: “Si uno pensara en el ejemplo de un marido que cada día le propina a su compañera de vida lo que perversamente considera palizas disciplinadoras, y como consecuencia de una de ellas su pareja encuentra la muerte, por caso, como consecuencia una caída y golpe posterior, ¿quién podría plausiblemente sostener que no estamos ante un caso de femicidio? Descartar la figura a partir de la ausencia de un dolo de propósito por parte del autor no resiste el menor análisis riguroso”. Los dos jueces coincidieron en su fundamento en que fue un dolo eventual que implica “que el sujeto activo se representó la posibilidad de producir el resultado típico (muerte), y pese a ello no renunció al plan por resultarle indiferente el mismo” y esto lleva indefectiblemente a la figura de femicidio y a la condena de prisión perpetua. En el lenguaje del derecho el dolo eventual se traduce con el siguiente ejemplo “si ocurre mala suerte o no me importa”.
Por su parte, Gustavo Fissore sostiene que el dolo no está acreditado ya que Farias fue activo en tratar de reanimarla y llevarla rápidamente a la salita. En los fundamentos lo argumenta diciendo que “las partes acusadoras utilizaron el dolo eventual que consiste en probar que Matías Farías al momento de suministrarle la droga a Lucía Pérez para poder abusar sexualmente de ella se representó la posibilidad de que ésta muriera y dijo ´no me importa´”. Y agrega “No tengo elementos objetivos que me permitan admitir esa hipótesis, porque la evidencia da cuenta que Farías hizo lo posible para que Lucía Pérez sea atendida en un centro de salud”. Su fundamento concluye en que las pruebas testimoniales del momento en el que los acusados llevaron a Lucia al centro de salud van en contra del dolo eventual.
Además, los jueces pidieron investigar la presencia de “terceras personas” que según el peritaje hecho en la casa de Racedo 4825 en el que se encontraron rastros genéticos humanos que no eran de ninguna de las personas involucradas en el juicio.
Por fuera de lo judicial, también hay un largo camino por andar. Marta cerró su discurso diciendo “hoy hemos ganado”. ¿Es la condena la respuesta que buscan los feminismos a la pregunta sobre qué se espera de la justicia? ¿Se agota en una sentencia la lucha por la posibilidad de un mundo en el que Lucía no hubiese muerto? ¿Es posible que una condena ejemplar pueda evitar los abusos sexuales? Son preguntas que de ninguna manera pueden estar dirigidas a la Marta Montero que salió de los Tribunales con una batalla para ella ganada y una historia que continúa.
Sobre el final de la tarde, se escucharon las voces de familiares que en un grito detrás de otro, nombraron a las chicas muertas, muchos de esos casos a la espera de un juicio o impunes. La pregunta que queda flotando es si ganar significa que esos nombres se correspondan con una perpetua o es posible un camino distinto ante semejante pérdida.