El ministro de Economía, Sergio Massa, presentó este miércoles el programa de aumento exportador a través de tres decretos que establecen, entre otras cosas, un tipo de cambio diferencial y temporal para una serie de complejos agroindustriales.
El primer decreto, detalló Massa, ordena la automaticidad de los beneficios de la emergencia para todos los productores de la Argentina. "Pretendemos que se suspendan ejecuciones fiscales, que se suspendan ejecuciones bancarias, y que se suspendan mientras dure la emergencia las percepciones de adelanto o anticipo de impuestos que cobra el Estado".
Con esa medida, se busca "que de alguna manera los 69.000 productores sientan que el Estado argentino no solamente los asiste con algún aporte no reintegrable sino que además les facilita el mantenerse con acceso al mercado de crédito para encarar lo que aspiramos sea una mejor etapa a partir de mayo con la llegada de las lluvias".
El nuevo dólar agro
El segundo decreto "está orientado al Programa del Incremento Exportador", continuó Massa. "Hemos decidido avanzar no solo con soja sino también con economías regionales", destacó como novedad. El plan, denominado Programa de Incremento Exportador, se extenderá desde el 8 de abril hasta el 31 de mayo para la cadena sojera, y entre el 8 de abril y el 30 de agosto para las exportaciones de economías regionales.
En el caso de la soja, se "prevé un tipo de cambio fijo de $300 que de alguna manera lo que hace es mejorar el precio para el productor pero además incentivar las exportaciones argentinas y fortalecer las reservas".
Las economías regionales
En el caso de las economías regionales, podrán acceder al Programa del Incremento Exportador si cumplen ciertas condiciones: "Primero, participar del programa de precios. Segundo, mantener empleo. Y tercero, garantizar volumen y abastecimiento de los productos que se comprometen en el programa de precios", detalló el funcionario.
Esto, agregó el ministro, garantiza que "argentinos y argentinas consuman a un precio justo sus alimentos que son producidos en Argentina".
Sanciones para quienes no liquiden divisas
El tercer decreto, por último, está enfocado "en aquellos que no juegan limpio como pretendemos que jueguen" los sectores exportadores. "Desgraciadamente", advirtió Massa, "en el sistema de liquidación de las exportaciones argentinas cada uno de ustedes tiene un plazo de 180 días y hay muchos que hacen el esfuerzo (...) mientras que otros especulan y que le hacen trampa al Estado".
Actualmente, aseguró, "hay más de 3.700 millones de dólares de empresas argentinas exportadoras que no han cumplido con la liquidación de los dólares que exportan". En ese caso, anunció, "vamos a hacer muy duros, vamos a activar un mecanismo de suspensión del CUIT vencidos los plazos establecidos en el decreto".
"Aspiramos a que aquellos que evadieron su obligación con el Banco Central de alguna manera se transformen en personas no hábiles comercialmente porque le hacen daño no solamente a las empresas argentinas y a las economías que trabajan, producen y exportan sino también a la credibilidad y fortaleza de la moneda argentina", remarcó.
En paralelo a la suspensión de CUIT de cada una de esas empresas y se sus directores, se establece la imposibilidad de acceder al mercado de cambio para todas esas empresas. "Les damos 30 días para que hagan simplemente lo que la ley les manda a hacer", concluyó.