Un hombre de 56 años, imputado por diferentes hechos de violencia machista contra su expareja, fue condenado a 3 años de prisión condicional, pero además, deberá entregarle a la víctima un millón de pesos como indemnización y transferirle un inmueble para garantizarle vivienda a ella y los hijos de ambos. Se trata de una resolución en juicio abreviado que dictó la Justicia de Rafaela, en el marco de un caso de lesiones provocadas a la mujer.
La fiscal Gabriela Lema le endilgó a Roque Barbero los hechos cometidos contra la madre de sus hijos, en un claro contexto de violencia de género. La imputación indica que “un sábado de febrero de este año, alrededor de las 4.30 de la madrugada, el condenado atacó a la víctima mientras iban en un automóvil que él conducía”, luego de haber estado horas antes en un boliche de Rafaela. “Barbero la golpeó con los puños en diferentes partes del cuerpo, la insultó y le reprochó conductas que ella había tenido en el local bailable”, afirmó la fiscal. “Producto de la agresión, la víctima resultó herida en el codo izquierdo y en el rostro”, detalló.
Además, en determinado momento, el imputado "detuvo la marcha del vehículo y la mujer descendió con la intención de ir a pie hasta su casa. No obstante, pocos metros más adelante, él intentó obligarla a subir nuevamente al vehículo, aunque no lo logró porque ella se resistió y policías que patrullaban la zona advirtieron la situación”.
Sobre otro hecho endilgado, Lema señaló que en otra oportunidad, “Barbero tomó violentamente de un brazo a la mujer, le pegó y la hirió en un codo”. A su vez, manifestó que “en una ocasión en la que discutieron, él la agredió físicamente y le causó lesiones en el rostro”. Para la funcionaria judicial, “los hechos delictivos fueron cometidos en un claro contexto de violencia de género en contra de la víctima”.
Por todo, en juicio abreviado, se dispuso que el condenado le entregue a la víctima 1.000.000 de pesos como indemnización y le transfiera el dominio de una vivienda de Bella Italia (departamento Castellanos). Dado que ese inmueble está alquilado y dos hijos de Barbero perciben la retribución económica, el agresor deberá abonar el alquiler del lugar en el que la víctima reside actualmente hasta que ella pueda acceder al que le corresponde.
Asimismo, la resolución del juez Nicolás Stegmayer ordenó que Barbero pague tratamientos psicológicos para él y su expareja durante un año, por lo que se deberá presentar certificados cada 30 días para constatar el cumplimiento de esta regla de conducta.
También se le impuso a Barbero una restricción de distancia en relación a la víctima. El acusado reconoció su responsabilidad penal como autor de lesiones leves dolosas agravadas (por haber mantenido una relación de pareja y por haber sido cometidas en un contexto de violencia de género) así como de una tentativa de privación ilegítima de la libertad.