El Gobierno logró un fallo que revive sus esperanzas de imponer a un hombre de confianza del macrismo, ex alumno del colegio Cardenal Newman, como encargado de controlar la elección y el escrutinio definitivo en la provincia de Buenos Aires. Se trata de Juan Manuel Culotta, juez de Tres de Febrero, quien pretende asumir como subrogante del juzgado electoral bonaerense pese a que nunca concursó para esa competencia. Su designación había sido declarada inconstitucional por el juez federal Alberto Recondo, por entender que el Consejo de la Magistratura “no posee atribuciones legales para crear juzgados o dividir la competencia de los existentes”, de las que se valió el macrismo para imponer su nombramiento. La Cámara Federal de La Plata anuló ayer ese fallo por entender que Culotta “no intervino” en ese proceso, con lo cual se habría afectado “el derecho de defensa”.
Culotta se autopostuló para el cargo, vacante tras la muerte del juez Manuel Blanco en 2014. La Cámara Electoral le advirtió al Consejo que no podría ser juez electoral porque nunca concursó en esa materia, pero los consejeros de Cambiemos insistieron. La designación fue respaldada por otros dos ex alumnos del Newman: el abogado de Macri, Alejandro Pérez Chada, y Pablo Clusellas, secretario Legal y Técnico de Presidencia, y amigo de la infancia de Macri.
La denuncia por la designación irregular fue presentada por Abogados por la Justicia Social (AJUS) de La Plata, Berisso y Ensenada, que cuestionó la falta de concurso y la violación de las atribuciones del Consejo. En mayo, Recondo declaró inconstitucional la designación. Argumentó que hasta tanto no se habilite el Juzgado Federal electoral bonaerense (atribución del Congreso) la competencia del juzgado criminal correccional federal 1, secretaría electoral de La Plata, “debe ser ejercida por un solo magistrado por tratarse de un órgano unipersonal” (y no dividido para cederle a Culotta la competencia electoral). El Gobierno apeló desde el Consejo y desde el Ministerio de Justicia.
Ayer, con votos de Julio Reboredo, Carlos Compareid y Roberto Lemos Arias, la Cámara hizo lugar a la apelación y declaró nulo el fallo de Recondo por entender que Culotta “no intervino” en el proceso, con lo cual se afectó “de manera directa y suficiente sus intereses y su derecho de defensa”. El tribunal apartó a Recondo porque “ya se pronunció sobre la cuestión de fondo” y ordenó al juez Gabino Ziulu, “con la mayor premura posible, adoptar las diligencias necesarias para conferirle la debida intervención en el presente proceso al juez Juan Manuel Culotta”.