La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fijaron restricciones socioeconómicas y patrimoniales que deberán reunir los interesados en acogerse a la nueva moratoria.

Moratoria previsional y las presiones del FMI por el préstamo a Macri

Se trata de una serie de criterios de ingresos y patrimonio que reducen el universo de potenciales beneficiarios de la medida. La novedad aparece en medio de una renovada presión del Fondo Monetario Internacional (FMI) para que el país prosiga con su plan de baja del déficit fiscal a pesar del deterioro en el crecimiento y en las exportaciones a causa de la sequía. Para lograr ese objetivo, el Fondo directamente apuntó a achicar el impacto de la moratoria, junto a otras medidas del orden fiscal.

No se trata de la primera vez que se aplican restricciones sobre las moratorias. Las primeras datan de 2014 y luego bajo el gobierno de Mauricio Macri se endurecieron. En el actual contexto, sin embargo, toman un carácter peculiar. 

El último informe del staff del FMI sobre la Argentina adelantó que "se están realizando esfuerzos para emitir un decreto y reglamentaciones que orienten el ingreso a la moratoria a quienes tengan mayor necesidad. Estas medidas, que podrían resultar en ahorros de alrededor del 0,2 por ciento del PBI, buscarían garantizar una fuerte verificación de recursos de los solicitantes basada en ingresos y riqueza y permitir el acceso solo a quienes hayan realizado algunos aportes al sistema de pensiones, no estén recibiendo otros beneficios y renuncien al acceso al tipo de cambio oficial”.

Las condiciones para entrar a la nueva moratoria previsional

La medida se dispuso en la resolución general conjunta 3545/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial, y entre los requisitos se destaca el de contar con un ingreso bruto mensual promedio en los últimos doce meses que no supere el límite vigente para acceder a las asignaciones familiares, que en la actualidad es de $ 404.062.

Mientras que el gasto y consumo promedio mensual de los últimos doce meses anteriores a la fecha de la evaluación no podrá superar el 80% de ese límite, equivalente a $ 323.249,60 en base a los parámetros actuales.

Asimismo, la manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales no podrá ser superior a 2,4 veces anualizado el importe previsto para acceder a las asignaciones familiares, esto es $ 11.636.985,60.

Tampoco podrá tener un automotor cuyo valor supere el importe anualizado de ese ingreso, que en el presente es equivalente a $ 4.848.744.

En este último ítem se exceptúan "las maquinarias agrícolas, que no registre la tenencia de bienes informados por la Administración Nacional de Aviación Civil, ni tampoco la tenencia de embarcaciones de más de 9 metros de eslora informada por la Prefectura Naval Argentina", según el inciso "b" del artículo 2 de la resolución general conjunta

En los considerandos de la medida se planteó que las pautas de evaluación socioeconómica y patrimonial se fijaron teniendo en cuenta "el esfuerzo fiscal" que representa la implementación del Plan de Pago de Pago de Deuda Previsional recientemente sancionado.

La ley 27.705 de Moratoria Previsional fue sancionada el 28 de febrero y reglamentada el 30 de marzo mediante el decreto 173, que establece un plan de pago para las personas que tienen la edad para acceder la jubilación, pero no poseen 30 años de aportes.

En la reglamentación, se determinó que para poder ingresar al plan se deben cumplir parámetros de ingresos y bienes declarados, y que no podrán acceder a la compra de "dólar ahorro" o dólares bursátiles.

Se estima que unas 800.000 personas que tienen la edad pero no los 30 años de aportes podrán acceder a una jubilación.

Los periodos a incluir en el plan comprenderán lapsos que sean anteriores a diciembre de 2008 inclusive.

Entre los requisitos previstos para acceder al plan de pagos previsional será necesario cumplir con la edad jubilatoria (60 años para mujeres y 65 para hombres) o que se llegue a ella dentro del plazo de dos años desde la entrada en vigencia de la norma.

El valor de la Unidad de Pago, es decir, de cada mes de aporte que se quiera saldar, será equivalente al 29% de la base mínima imponible de la remuneración, que podrán cancelarse en un máximo de 120 cuotas mensuales.

La base mínima actual es de $ 19.758,21, por lo que las cuotas mínimas rondarán los $ 5.729,88 mensuales.

A su vez, las cuotas no podrán ser superiores al 30% de la jubilación mínima (de $58.665 actualmente), por lo que no excederán los $ 17.599.

Por otro lado, la Unidad de Cancelación de Aportes está dirigida a trabajadores en actividad que no cuenten con 30 años de aportes, pero que todavía no cumplieron con la edad jubilatoria, siendo requisito ser mayores de 50 años para mujeres y 55 para hombres.

A diferencia de la moratoria para aportantes en edad de jubilación, esta no tiene un plazo determinado para adherirse y permitirá cancelar aportes comprendidos hasta el 31 de marzo de 2012.

La reglamentación también precisó que las personas que quieran ingresar en la moratoria para personas en edad de jubilación, no podrán acceder al mercado de cambios para obtener divisas por un plazo de 12 meses a partir de la fecha de solicitud "conforme lo establezcan las normas aclaratorias y complementarias".

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