El fiscal federal Franco Picardi pidió que se declare la nulidad de la causa conocida como "Operación Puf" por haberse iniciado a partir de transcripciones de escuchas realizadas sin orden judicial a personas detenidas en el penal de Ezeiza. La causa, impulsada tanto por Elisa Carrió como por el fiscal Carlos Stornelli, funcionó como un intento de torpedear la investigación sobre la trama de espionaje ilegal que orbitaba alrededor del falso abogado Marcelo Sebastián D’Alessio.
En un dictamen de más de 100 páginas, el fiscal Picardi solicitó al juez federal Sebastián Casanello que decrete la nulidad del requerimiento de instrucción. Las personas escuchadas -en sus conversaciones telefónicas- sin autorización judicial fueron exfuncionarios kirchneristas que estuvieron detenidos en el penal de Ezeiza como el exsecretario de Coordinación y Gestión del Ministerio de Planificación de la Nación Roberto Baratta y el exsecretario de Transporte Juan Pablo Schiavi, entre otros.
El teléfono público del pabellón en el que estaban detenidos los exfuncionarios kirchneristas había sido intervenido con orden judicial del juez de Lomas de Zamora Federico Villena en el marco de una causa que tenía por objeto investigar a Mario Segovia, conocido como "El Rey de la efedrina", quien se presumía estaba participando de una maniobra de compra de explosivos.
Villena ordenó a la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado del Poder Judicial de la Nación (DAJuDeCO) la intervención del teléfono, se indicó al Servicio Penitenciario Federal (SPF) que registrara los horarios en los que el mismo era utilizado por Segovia y finalmente le indicó a la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) que solo se desgrabaran esas conversaciones.
"No existen dudas en cuanto a que el contenido de las referidas intervenciones vinculadas a una serie de personas que utilizaron los teléfonos públicos intercedidos en el marco de la causa 41475/2016, y las cuales se encontraban exentas del monitoreo y escucha de sus comunicaciones privadas por expresa disposición del Juez de la causa, terminaron en poder de la Dra. Elisa Carrió", sostuvo el fiscal en su dictamen. "Entiendo que la divulgación del contenido de las intervenciones telefónicas que se efectuó, a través de la entrega de transcripciones a terceras personas, es ilegal", añadió Picardi.
En la investigación sobre el espionaje penitenciario que tramitó en Lomas de Zamora y que actualmente está en manos de Picardi, se acreditó que en la transcripción y divulgación de esas escuchas intervino la Dirección Administrativa de Asuntos Jurídicos (DAAJ) de la AFI macrista, que estaba a cargo de Juan Sebastián de Stefano.