La dictadura militar iniciada en 1955 ancló sus objetivos bajo una premisa: hacer desaparecer al peronismo. La provincia de Buenos Aire no fue ajena a ese accionar y decretó normas, prohibiciones y expropiaciones con el fin de borrar el legado de Juan Domingo Perón. La obsesión con lo simbólico llevó a la imposibilidad de bautizar con el nombre Eva Perón a una escuela o a que el Parque Pereyra Iraola dejase de portar el nombre del líder peronista.
Días atrás Buenos Aires/12 publicó el trabajo que viene desarrollando la Unidad para la Reparación Histórica Legislativa desde la Cámara de Diputados bonaerense, bajo las instrucciones del intendente de Adolfo Gonzáles Cháves, Marcelo Santillán. Más de 2.000 decretos leyes de distintos períodos dictatoriales fueron evaluados y están en proceso de derogación. Restan algo más de mil que siguen vigentes en la provincia, más allá de que su aplicación fáctica resulte casi nula. “Hay que desmantelar la estructura jurídica que dejó la dictadura, remarcó Santillán. Esa labor fue consensuada con el gobernador, Axel Kicillof, y ya se encuentra en pleno desarrollo.
La provincia de Buenos Aires, entre 1955 y 1958, dictó medidas con el fin de propiciar la desaparición de la simbología y bienes de la estructura política liderada por Juan Domingo Perón. Bajo el decreto ley N° 12.103, el 18 de julio de 1956 dictaminó la transferencia de los bienes de los “ex partidos peronistas”, tanto masculino como femenino, al patrimonio provincial.
En este sentido, la norma creó una Junta de Recuperación de Bienes que debía inventariar las propiedades de, según expresa el texto, “la ex agrupación”. Autorizó al nuevo ente a valerse de la fuerza pública en caso de ser necesario, crear una cuenta en el Banco Provincia para disponer de lo recaudado, y solventar los gastos de su funcionamiento a través de lo obtenido por la liquidación de los bienes incautados. El 29 de abril 1958, a sólo dos días de entregar el mando a un nuevo gobierno democrático, el decreto ley 6.774/1958 daba por finalizada las tareas de la Junta “habiendo dado término a la labor asignada”.
Si hubo una mecánica enlazada a una obsesión por parte de la Revolución Libertadora fue la de barrer con los nombres de Perón y Eva Perón. Tal es así que desde la Unidad para la Reparación Histórica Legislativa detectaron una serie de decreto leyes que exponen la mera intención de evitar que los nombres y apellidos de los líderes populares prevalecieran en el discurso cotidiano del pueblo bonaerense.
- 53/1955 y 13055/1956: Este último ratifica el Decreto 53/1955 sobre la derogación de la Ley 5686 que designa con el nombre de Eva Perón a una escuela de cada distrito y con el de Evita a un aula de primer grado en todas las escuelas.
- 701/1955: Este Decreto Ley modifica el Artículo 1 de la LEY 5.444 y establece que se redacte de la siguiente manera: “Denominase parque "Pereyra Iraola" al actual parque “Presidente Perón”, ubicado en los partidos de Quilmes y La Plata, expropiado por el Poder Ejecutivo por Decretos números 1.465 y 4.393 de flechas 28 de enero y 11 de marzo de 1949, respectivamente.”
- 3930/1955: Derogó la ley 5799 que establecía la eximición de impuestos a bienes del acervo sucesorio de Eva Duarte de Perón,a las acciones llevadas a cabo por la Fundación Evita o la Fundación Eva Perón.
- 236/56: Derogó la Ley provincial N° 5793 y el Decreto 5948/1955. Estas normas derogadas autorizaban al Poder Ejecutivo para entregar al Ministerio de Hacienda de la Nación, la suma de pesos 10.038.000 como contribución de la provincia de Buenos Aires, para la construcción de las sedes de los poderes ejecutivos de las provincias Presidente Perón (Chaco) y Eva Perón (La Pampa). Asimismo, demandaba el reintegro de esas sumas.
Antiperonismo: una cuestión de deseo
El peronismo fue señalado por el gobierno nacional comandado por Pedro Eugenio Aramburu e Isaac Rojas como como un partido que “se identificó prácticamente con el Estado Totalitario y sirvió en forma incondicional a todas las desviaciones, violaciones y arbitrariedades del ex gobernante”. Así rezan las consideraciones del Decreto Ley N° 3.855, del 24 de noviembre de 1955.
En su primer artículo, la norma redacta el puntapié que institucionalizó la imposibilidad de optar libremente por 18 años en la Argentina. Con el particular encabezado que disponía la nulidad del Poder Legislativo y delegaba esa función en el presidente, el decreto declara la disolución de los Partidos Peronistas Masculino y Femenino en todo el territorio de la República. En 1956, la profundidad de los objetivos fue absoluta. El decreto ley 4161 de aquel año dictaminó en su primer artículo que quedaba “prohibida en todo el territorio de la Nación la utilización, con fines de afirmación ideológica peronista, efectuada públicamente, o propaganda peronista por cualquier persona”. La prohibición era total.
En su obra “Vencedores Vencidos. El antiperonismo y la ‘Revolución Libertadora’”, María Estela Spinelli traza la línea que unió a los autodenominados antiperonistas a consolidad una unidad que fue más allá de todas sus representaciones partidarias. Siempre primaron, cuenta la autora, dos premisas que pueden resultar muy actuales en los discursos de sectores de la oposición: el valor de la República y el rechazo al populismo.
La constitución del antiperonismo ha sido materia de estudio, como expone Spinelli. Pero el historiador Ezequiel Adamovsky lo define como una creencia que va más allá de una cuestión partidaria. Considera que se puede estar en contra del peronismo, algo que incluso, con certeza, lo entiende como algo legítimo y lógico. A fin de cuentas, se puede estar en contra de la Unión Cívica Radical, del Partido Socialista o del Movimiento Popular Neuquino.
Ahora bien, y cómo se percibe en las normas dictadas por el gobierno de Aramburu y Rojas, Adamosvky sostiene que el antiperonismo se nutre de “la creencia según la cual el peronismo es una deformación política y cultural monstruosa, el causante central de todos los males de la Argentina”. Y agrega: “se caracteriza por el deseo íntimo de que Perón y sus partidarios desaparezcan de la faz de la tierra”.
Con estas guías ideológicas, la persecución en el territorio bonaerense pergeñó distintas herramientas. El decreto ley 4323/1955 creó la Comisión Investigadora de la provincia de Buenos Aires para, consecuentemente, investigar “la conducta de ex magistrados, legisladores, funcionarios y empleados del Estado Provincial y las Comunas” con la excusa de tener vinculaciones con negocios públicos. En un gobierno dictatorial, la comisión contaba con la potestad de incautar o intervenir los libros y contabilidades de entidades públicas o privadas. También podía intervenir las cuentas bancarias y solicitar el auxilio de la fuerza pública a demanda.
Es ilustrativo del funcionamiento dictatorial el dato que indica que la Comisión Investigadora dependía del Ejecutivo y exigía a la Corte Suprema le rindiera cuentas. En el tercer artículo del decreto, se especifica que “La Corte Suprema de Justicia, la Intervención en la Legislatura, los ministerios, las municipalidades y las entidades autárquicas” deberán designar sus propias comisiones para investigar. “Determinada sumariamente la persona o personas responsables elevaran los antecedes a la Comisión Provincial”, remata la norma.
Las libertades para el ejercicio y la participación política estuvieron cercenadas por distintas normas que esperan su derogación definitiva. El decreto ley 16591/1957, por ejemplo, declaró ilegales paros y toda otra medida de fuerza que disponga el personal de la administración provincial con posibilidades de sancionar. En esa línea, también se dictó el Nº 196/195 que prohibía la actividad política partidaria a todo el personal de la administración pública de cualquier jerarquía.