La Unidad Fiscal integrada por Claudia Carreras y Pablo Cabot presentó un recurso de apelación en rechazo al beneficio de arresto domiciliario concedido por el juez de Garantías 1 del distrito Judicial Orán, Francisco Oyarzú, a Gustavo García Viarengo (30), quien está acusado por el femicidio de Nahir Nuri Klimasauskas Viazzi (26).

García Viarengo está imputado como autor del delito de homicidio doblemente calificado por la relación de pareja, y por mediar violencia de género en perjuicio de la joven fallecida al caer de un cuarto piso en un edificio de departamentos en Orán, el 19 de febrero último. 

En su apelación, Carreras y Cabot solicitaron que se revoque el arresto domiciliario al imputado por el riesgo procesal de fuga, de entorpecimiento de la investigación y por la naturaleza del hecho investigado.

La Unidad Fiscal resaltó "la improlijidad del juez en la tramitación de la causa" como uno de los argumentos centrales de la apelación presentada. Además, el Ministerio Público Fiscal señaló que "esta modalidad de trabajo procesal por parte del magistrado cuestionado, resulta una constante en delitos de mayor entidad social".

Para Carreras y Cabot, las decisiones de Oyarzú "carecen de toda lógica y seriedad procesal".

También el padre de la víctima, Rubén Klimasauskas, quien hizo pública la situación esta semana, había considerado que carecía de lógica la decisión del magistrado y anunció que, con la representación del abogado Ramón Leal, la familia apelaría la decisión ya que había solicitado, al igual que la Unidad Fiscal, la prisión preventiva pero bajo la modalidad efectiva, no domiciliaria.

La Unidad Fiscal señaló que el juez no merituó la conducta procesal García Viaregno frente a la muerte de su pareja, "ya que no brindó asistencia ni primeros auxilios y se dirigió en su vehículo particular a la zona de frontera". 

Oyarzú le concedió al arresto domiciliario a García Viarengo con una caución de $2.000.000, con la que considera evitará que se fugue. Carreras y Cabot advirtieron que esa suma "resulta irrisoria" si se tiene en cuenta la actividad económica que desarrolla. El acusado es un cuentapropista del rubro de alimentos.

Idas y vueltas 

El pasado 28 de marzo Oyarzú había declarado inadmisible el pedido de prisión preventiva de García Viarengo solicitado por la Unidad Fiscal. Esa petición se fundamentaba en el riesgo de fuga y la posibilidad de que entorpezca la investigación.

El Ministerio Público Fiscal precisó que ante esta situación, Carreras y Cabot interpusieron un recurso de apelación, considerando que la inadmisibilidad era arbitraria en sí misma y contradictoria con lo resuelto por el mismo magistrado en estas actuaciones, ya que en un decreto del 24 de febrero de 2023 había expresado que el imputado se encontraba “vinculado causal y normativamente con el hecho atribuido”.

El 30 de marzo el juez rechazó la apelación, por lo que la Unidad Fiscal interpuso un recurso de queja ante el Tribunal de Impugnación, solicitando que se declare mal denegado y que se le otorgue el trámite respectivo.

El pasado viernes 14 de abril, Oyarzú notificó a la Unidad Fiscal y la querella de la resolución de prisión preventiva para el imputado bajo la modalidad de arresto domiciliario.

La Unidad Fiscal señaló que Oyarzú concedió "el pedido de prisión preventiva de la Fiscalía que el propio juez había declarado inadmisible". Ante ello, presentó una nueva apelación.

Repudio al accionar del juez

Organizaciones de mujeres y disidencias repudiaron al accionar del juez Oyarzú por haber otorgado la domiciliaria a García Viarengo. "Exigimos a la justicia de Salta que emita resoluciones y fallos con perspectiva de género, en consonancia con los Tratados Internacionales de Derechos Humanos de las Mujeres", expresaron. 

Por el femicidio de Nahir solicitaron "una investigación conforme a los protocolos internacionales de muerte violenta hacia las mujeres y una reparación integral del Estado hacia la familia y la sociedad".

"El femicidio es la máxima violencia hacia las mujeres entendiendo que el Estado es responsable", finalizó el pronunciamiento, que tiene las firmas de la Fundación Gema Género y Masculinidades, de Abogadxs del Instituto Jurídico con perspectiva de género y el Foro de Mujeres Por Igualdad de Oportunidades.