Luego del acuerdo por un incremento del 27%, a pagar en tres cuotas, firmado entre el Ministerio de Trabajo de la Nación y la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, las empleadas de casas particulares cuentan con una nueva escala salarial que modificó las tarifas mínimas en sus salarios.
El nuevo acuerdo estipula una suba del 27% a pagar en tres cuotas: 14% en abril, 7% en mayo y 6% en junio, en referencia a los sueldos base de marzo.
Personal doméstico: escalas, cuándo y cuánto se paga en mayo de 2023
Los salarios se deben abonar antes del día 10 de cada mes y de acuerdo al aumento del 7% establecido para mayo, la hora y el mes trabajado deberá pagarse de la siguiente manera:
- Supervisores con retiro: $892 y $111.439;
- Supervisores sin retiro: $977 y $124.131;
- Personal para tareas específicas con retiro: $844 y $103.533;
- Personal para tareas específicas sin retiro: $926 y $115.250;
- Caseros: $798 y $101.013;
- Asistencia y cuidado de personas con retiro: $798 y $101.013;
- Asistencia y cuidado de personas sin retiro: $892 y $112.569;
- Personal para tareas generales con retiro: $738 y $90.840;
- Personal para tareas generales sin retiro: $797 y $101.013.
Personal doméstico: escalas, cuándo y cuánto se paga desde junio de 2023
Por el alza del 6% establecido para junio, la hora y el mes trabajado deberá pagarse de la siguiente manera:
- Supervisores con retiro: $937,3 y $116.966;
- Supervisores sin retiro: $1062,2 y $130.287;
- Personal para tareas específicas con retiro: $887,1 y $108.668;
- Personal para tareas específicas sin retiro: $972,8 y $120.966;
- Caseros: $837 y $106.023;
- Asistencia y cuidado de personas con retiro: $836,9 y $106.023;
- Asistencia y cuidado de personas sin retiro: $937 y $118.151;
- Personal para tareas generales con retiro: $776,6 y $95.345;
- Personal para tareas generales sin retiro: $837,6 y $106.023.
Según informa Upacp, la modalidad “mensual” rige para quienes trabajen un mínimo de 24 horas al mes, mientras que para quienes lo hagan por debajo de ese piso, aplica la modalidad “por hora”.
Además, aclaran que hay un adicional por “Antigüedad” equivalente a un 1% por cada año de la relación laboral.
También se debe tener en cuenta el porcentaje a aplicar según la zona, donde hay un adicional de 30% sobre los salarios mínimos para cada una de las categorías para el personal que preste tareas en las provincias de:
- La Pampa
- Río Negro
- Chubut
- Neuquén
- Santa Cruz
- Tierra del Fuego
- y en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
¿Qué quiere decir con retiro y sin retiro?
Las empleadas "con retiro" son las que tras prestar tareas durante su jornada laboral no se quedan residiendo en el hogar en donde lo hacen. "Sin retiro" implica que al menos durante los días laborales, el personal de casas particulares reside en el hogar en donde trabaja.
Según la modalidad, le corresponderá al trabajador valores salariales, aportes, días de descanso y jornadas distintas. Pero para ambos casos rige el aumento a las empleadas domésticas del 27% para abril, mayo y junio.
Personal doméstico: cómo se calculan los días de vacaciones
Además de los aumentos salariales, a las empleadas de casas particulares les corresponde una licencia anual ordinaria (llamada habitualmente vacaciones), que dependerá de su antigüedad, ya sea que cobren en forma mensual o por día, sin importar la cantidad de horas de trabajo semanal (no hay un mínimo).
Según la ley, el período para otorgar esta licencia va desde el 1 de noviembre y el 30 de marzo de cada año. El empleador tiene el derecho de decidir la fecha y debe notificar a su trabajadora con 20 días de anticipación.
De igual forma, si la empleada necesita tomar la licencia en otra fecha, lo puede hacer. En ese caso se debe dividir el período que corresponde en el año. Pero, la licencia debería tener al menos 2/3 del tiempo de una sola vez.
Lo ideal es acordar los períodos entre las dos partes para que coincidan con la actividad familiar y contemplen los deseos de las trabajadoras.
Cantidad de días de vacaciones
Para calcular cuántos días de vacaciones corresponden, se toma la antigüedad que cumple la empleada al 31 de diciembre de cada año (aún cuando salga de licencia antes).
Para que se pueda gozar del beneficio, la empleada debe haber trabajado, al menos, 6 meses en el año, en forma regular y habitual. Pero, si no llega a ese tiempo, puede tener un descanso anual de algunos días.
Corresponden la siguiente cantidad de días corridos (sin considerar si son feriados o fin de semana):
- Entre 6 meses y 5 años: 14 días corridos.
- De 5 a 10 años: 21 días corridos.
- De 10 años a 20 años: 28 días corridos.
- Más de 20 años: 35 días corridos.
Si la empleada cuenta con una antigüedad menor a 6 meses, cómo mínimo corresponden los días del siguiente esquema:
- Entre 4 y 7 semanas de trabajo: 1 día.
- Entre 8 y 11 semanas: 2 días corridos.
- Entre 12 y 15 semanas: 3 días.
- Entre 16 y 19 semanas: 4 días.
- Más de 20 semanas: 5 días.
Las vacaciones comienzan el primer día hábil de trabajo habitual de la empleada. Si los días de trabajo son de lunes a viernes, en general, iniciaría la licencia un lunes. Pero, si ese día es feriado, se empiezan a calcular los días desde el martes, por ejemplo.
Personal doméstico: cómo se calcula el salario con vacaciones
Durante las vacaciones se abona el salario normal y habitual que se cobra al momento de tomar el descanso anual, sin ningún monto extra.
El empleador debe abonarlo antes del inicio de la licencia. Por esta razón, se debe considerar que al mes siguiente, se va a cobrar menos o nada (si las vacaciones fueron todo el mes).
En el caso de empleadas por hora, se abonan el equivalente a los días que hubiera tenido que trabajar dentro del período de vacaciones.