En su séptima sesión ordinaria, el Senado de Salta sancionó ayer una ley que establece que los cambios o devolución de productos no consumibles podrán hacerse en cualquier día y horario.

Se trata de una iniciativa que venía en revisión de Diputados y como fue aprobada, pasó al Ejecutivo provincial para su promulgación. La nueva ley establece que "la recepción de los productos no consumibles, adquiridos en el marco de una relación de consumo conforme a la Ley Nacional 24.240 de Defensa del Consumidor, para su cambio o devolución, debe efectuarse en cualquier día y horario de atención al público".

La aprobación se dio en una corta sesión, y más que tranquila, en la que el Senado insistió, a instancias del senador por Chicoana, Esteban D'Andrea (Compromiso por Salta), en un proyecto de declaración pidiendo a los diputados y diputadas nacionales por Salta que "lleven a cabo las gestiones necesarias para que la Cámara de Diputados de la Nación dé sanción definitiva al Proyecto de Ley que dispone la eliminación del trámite de fe de vida a los jubilados y pensionados".

D'Andrea recordó que el 13 de abril, el Senado nacional aprobó por unanimidad la eliminación de esta obligación y resta que la Cámara de Diputados la apruebe para que se convierta en ley. El pedido se asienta en los inconvenientes que esta obligación representa para las personas mayores que viven en los lugares más alejados de los centros urbanos, como ocurre en gran parte de la geografía salteña. 

El senador recordó que en Salta, cada mes muchas personas deben viajar largas distancias por caminos en algunos casos de difícil tránsito, para llegar a un centro urbano donde dar la fe de vida, requisito para cobrar el beneficio en el mes siguiente. Añadió que estos traslados también implican gastos, que resienten aún más los exiguos montos de las jubilaciones o pensiones.

"Es muy difícil explicarles que es resorte de la Nación" y que no se les puede solucionar este problema, sostuvo. Y calificó a la exigencia de fe de vida de "absurda, absolutamente inhumana, a mi modo de entender", y que desconoce la realidad del interior del país con grandes extensiones sin señal de telefonía e internet.

Agregó razones el senador por Iruya, Walter Cruz (de su mismo bloque), que sostuvo que en el caso de este pueblo, las personas beneficiarias deben trasladarse hasta Humahuaca, a más de dos horas de viaje por caminos de montaña, para hacer la fe de vida. 

Cobertura del IPS para personas con discapacidad 

Por otro lado el Senado aprobó con modificaciones un proyecto de ley que provenía de Diputados en revisión y que establece que el Instituto Provincial de Salud (IPS) abonará hasta el 70% las prestaciones básicas para personas con discapacidad. 

La iniciativa modifica el artículo 2° de la Ley provincial 7.600, que establece que el IPS "brinda las prestaciones básicas de atención integral de acuerdo a un nomenclador especial establecido con sus prestadores, respetando las prestaciones básicas determinadas según Ley 24.901". 

La modificación precisa que en los casos en que los prestadores cuenten con capacitación específica en materia de discapacidad en el ámbito de sus disciplinas, acreditada por los respectivos colegios profesionales o entidades análogas y categorizados conforme la resolución Nº 1328/2006, del Ministerio de Salud de la Nación, o el que lo reemplace en el futuro, "el Instituto Provincial de Salud de Salta abonará por las prestaciones básicas de atención integral a valores no superiores al setenta por ciento (70%) de los establecidos en el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad y sus actualizaciones y modificaciones, aprobadas por las Autoridades mencionadas en el artículo 2° del Decreto Nacional 1.193/98, o por las Autoridades Nacionales que en adelante las reemplacen”.