El fiscal federal Fernando Arrigo apuntó ayer en su alegato sobre el rol de Asuntos Internos en el encubrimiento del crimen de Franco Casco a manos de policías de la seccional séptima porque el subcomisario a cargo de la misma ya había trabajado en esa área. "Diego Alvarez trabajó en Asuntos Internos. Había una relación preexistente , y es llamativo que esta fue la única vez que actuaron por averiguación de un paradero, sin ninguna indicación previa de un fiscal y que claramente fueron a encubrir a los funcionarios de la Comisaría.

En rigor en esta causa Daniel Alfredo Giménez relató que Álvarez trabajó con él en Asuntos Internos entre el año 2006 y el 2009 (como subalterno primero y como subordinado después). Y que entre 2009 y 2011 Álvarez fue su secretario.

Pensando en la forma en que sus ex compañeros ayudaron a tapar el crimen, Arrigo recordó el testimonio del criminólogo santafesino Máximo Sozzo, quien que, con el paso del tiempo, se descubrió que Asutnos Internos era similar a lo que existía antes; no había sanciones disciplinarias ni frecuentes ni graves; el control judicial se topaba con obstáculos, con bajas condenas ante tantas sospechas de corrupción; y que el mecanismo de control dejaba mucho que desear. Dijo textualmente: “Muchas veces terminaba actuando como un encubrimiento”.

El fiscal aseguró que "la magnitud de los gritos de Franco Casco esa noche, su cercanía con los otros detenidos de la Comisaría mientras que estaba vivo y pudo comunicarse con ellos y la cantidad de detenidos que lo escucharon, hacían necesario que los imputados tuvieran que blanquear el paso de Franco Casco por la Comisaría, pero desvinculándolo de las sesiones de tortura del 6 a la noche, madrugada del 7. Por esta razón, las actuaciones  policiales labradas por los imputados tienen parte de verdad y parte de mentira".

Con todos los elementos valorados hasta aquí, el funcionario acusador concluyó: que "el procedimiento real en el cual se detuvo a Franco Casco fue ilegal; y que el supuesto procedimiento formal de detención fue inventado.

Para Arrigo el hecho de que Alvarez hubiese formado parte de Asuntos Internos, le facilitó la cobertura investigativa de ese área. Y lo explicó asi: " tomaron entrevistas en un contexto impropio, con el personal de la Comisaría 7ma. presente, no resguardando a los testigos e impidiendo de aquel modo que declarasen libres de toda presión".

También "ocultaron pruebas ya que no plasmaron en el acta los tormentos que sufrió Franco conforme el relato de los detenidos y el propio reconocimiento del imputado Escobar de que los presos habían relacionado el caso de la televisión con una persona que había estado detenida allí. Con ello, no denunciaron la perpetración de un delito"

Para Arrigo "no es casual que los funcionarios policiales se quedaran escuchando las entrevistas de Asuntos Internos con los presos en los casos en que sospechaban que más podían contar sobre lo ocurrido a Franco Casco. Es más los internos Pereyra,  Maidana, Olguín y Caballero dijeron que los policías de la Comisaría estaban dentro de la cuadra cuando Asuntos Internos los interrogó. En este orden de ideas, estos 4 testigos aportaron información trascendente sobre los hechos aquí investigados". Mientras los detenidos Espinoza y Morales López manifestaron que los policías escuchaban lo que ellos decían desde afuera de la “cuadra”, siendo éste un mecanismo similar al anterior, que impedía que declararan con libertad. Por lo demás, los internos que manifestaron que estaban con “la palabra” -en alusión a prácticas religiosas, evangelistas- en algunos casos reconocieron que no habían declarado por temor al siervo.

Finalmente Arrigo desarrolló "las prácticas habituales en la Comisaría 7ma., donde prestaban funciones los imputados, que demuestran el modus operandi de los mismos, acostumbrados a infringir la ley, a agredir a los presos e incluso a cometer delitos. Considero que muchas de ellas se llevaron a cabo enel caso que tuvo por víctima a Franco Casco". Y agregó que "en base a la prueba reunida en este juicio, ha sido posible establecer una serie de patrones sobre el accionar ilegal de las y los funcionarios policiales que se desempeñaban en la Comisaría7ma. al momento en que Franco Casco fue alojado allí. En varios de los testimonios que oímos estuvo presente el repertorio de violencia que se aplicaba a las personas detenidas dentro de esa comisaría por parte de algunos de los policías que se desempeñaban allí".

"Uno de los aspectos destacados es que el despliegue de mayor violencia se producía en los primeros momentos de la aprehensión. Ello en coincidencia con lo que explica el Informe sobre los circuitos de detención policial en la ciudad de Rosario -elaborado por la Universidad Nacional de Rosario, en el marco de un proyecto con el Centro de Estudios Legales y Sociales y la Unión Europea, con participación de la Dra. Inés Cozzi, titulado “Sobrecriminalizados y Desprotegidos”, donde se afirma que “ciertas prácticas policiales que involucran una mayor carga de violencia física se concentran de manera significativa en las primeras horas de detención de las personas, lo que podría estar ligado a un uso extorsivo, en el marco de negociaciones".