Una excepción a la regla. Esa puede ser la conclusión a la resolución que tomó el juez de la Cámara Federal de Casación Penal, Diego Barroetaveña, al absolver del delito de transporte de estupefacientes a una chica de 21 años madre de tres niños.

La joven, quien vive en Tartagal, en el norteño departamento San Martín, sufrió abusos de niña, fue prácticamente obligada a los 12 años a convivir con un adulto 25 años mayor que ella tras ser excluida de su hogar porque la madre, con una pareja nueva, sentía celos de ella.

A los 13 quedó embarazada mientras sufría violencia de género y violaciones por parte de su abusador que ella consideraba su pareja. Ante esa situación, no pudo terminar la primaria, tuvo que ejercer la prostitución cuando el padre de su primer hijo la abandonó. Al constituir otra pareja tuvo mellizos. El año pasado este hombre intentó asesinarla con una soga al cuello.

Con tres hijos a cargo y siendo madre sola, lo único que quería era tener un baño en su casa de una sola habitación y chapa para dar una mínima seguridad sanitaria a sus hijos. Pese a ser beneficiaria de un plan social de 36 mil pesos al mes y vender empanadas, no lograba juntar el dinero para cumplir con ese objetivo. La única salida que vio en medio de todas esas dificultades, fue transportar cocaína, delito por el cual fue aprehendida, juzgada y condenada en Salta.

El hecho por el cual llegó a ser encausada ocurrió en julio de 2022 en el puesto de Caraparí, en Salvador Mazza, también en el departamento San Martín, en la frontera de Argentina con Bolivia. Según surge del fallo, llevaba un paquete con poco más de un kilogramo de cocaína en una cartera.

En septiembre pasado el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de Salta, integrado en forma unipersonal por por la jueza Marta Liliana Snopek, la condenó a tres años de prisión de ejecución en suspenso, y le aplicó una multa mínima de 45 unidades fijas.

Pero la defensora oficial de Orán, María Julieta Loutaif, impugnó la resolución planteando que debía aplicarse el inciso 3 del artículo 34 del Código Penal, que indica que “la norma prevé una causal de no punibilidad para aquel o aquella que causare un mal por evitar otro mayor inminente al que ha sido extraño”.

Inculpabilidad

Aunque el juez de alzada no adhirió concretamente al pedido de la defensa oficial, sí entendió que el caso debía ser individualizado “en un supuesto concreto de inculpabilidad”, al analizar “en su cabal dimensión la forma en que todos los condicionantes de vida de la imputada la colocaron en una situación equivalente al estado de necesidad disculpante en el que se torna inexigible una conducta conforme a derecho”.

Sin embargo, Barroetaveña reconoció en su fallo que al perforar el piso mínimo de pena (que son de 4 a 15 años por el delito en cuestión), y permitir la ejecución condicional (lo cual implica que la joven se encuentre excarcelada), Snopek actuó con perspectiva de género. Pero al estudiar la situación en particular entendió que, en medio de toda esa vulnerabilidad social, económica, y estructural, la joven solo pudo interpretar el hecho por el cual terminó encausada como “la única opción viable o posible para brindarle a sus niños condiciones de higiene mínimas para evitar males mayores a su salud”.

“Debemos preguntarnos hasta qué punto es posible recriminarle su injusto cuando su ámbito de autodeterminación se encontraba tan restringido, es decir, cuando su abanico de opciones era tan acotado”, indicó el juez.

Con esto, aclaró, no es que no existían otras alternativas sin que se cometa delito, sino que a la hora de juzgar “las particularísimas circunstancias señaladas tornarían inexigible la pretensión de una conducta diferente”.

Afirmó que ante la historia de la joven, y su intención de evitar sufrimientos similares a los ya vividos por ella a sus hijos, en su acotado abanico de opciones “la respuesta más adecuada y justa es considerar que se presenta una causal de inculpabilidad por reducción del ámbito de autodeterminación (...) que torna inexigible, en el caso sometido a revisión, una conducta conforme a derecho y neutraliza el reproche penal”.

El juez de Casación aclaró que de “lo decidido no se deriva la posibilidad de efectuar generalizaciones arbitrarias ni extender la particular solución de este caso a todas las situaciones donde se presentan sujetos vulnerables que atraviesan penurias, en tanto muchas personas con dificultades -aun severas- no acuden al delito, y otras que sí recurren a conductas antijurídicas tienen poder de autodeterminación”. 

Añadió que en este caso individualizado por sus particulares circunstancias “se encuentra por debajo del umbral mínimo de exigibilidad que funda el reproche normativo de la culpabilidad y fue por ello que, de manera excepcional" resolvió absolverla.

La dificultad del decir

“Costó también que ella cuente todo el contexto en el que había sido el transporte”, contó a Salta/12 la defensora Loutaif. Indicó que gracias al equipo interdisciplinario de la Defensoría y la psicóloga en particular, se logró que luego de un tiempo la joven pueda contar sobre su situación.

Para la letrada, “cuesta que los jueces vean esas realidades”, más cuando en general los delitos de transporte de poca cantidad de drogas lo hacen quienes están en el último eslabón de la cadena del narcotráfico. “En general son mujeres que son familia monoparental (mamás solas), de hijos chiquitos, y en situaciones de pobreza extrema”.

En cuanto a la posibilidad de conseguir el baño, afirmó que desde la Defensoría se hicieron las gestiones ante el Estado para que se le construya uno. Pero hasta donde pudo conocer, la construcción nunca se concretó.

El caso de esta joven tiene una particular situación a cargo de la Justicia provincial, pues también fue víctima de intento de femicidio por su última pareja. Según surge del fallo, el 25 de enero de 2022, la ahora absuelta denunció a su ex pareja, Franco Ferreyra. En la madrugada de ese día el progenitor de sus hijos mellizos ingresó a su domicilio por la puerta de acceso principal “que se encontraba sin seguridad”. Ferreyra fue hasta el dormitorio y sujetó a la joven madre con una piola por el cuello. Ella trató de defenderse y en el forcejeo el hombre tomó un cuchillo y la lastimó en sus piernas. Sin embargo, la joven pudo pedir ayuda a los gritos. En ese momento Ferreyra se retiró, pero minutos después se paseó enfrente de su casa vociferando “te voy a matar”.