Las elecciones para los cargos de gobernador y vicegobernador de las provincias de Tucumán y de San Juan no se realizarán este domingo como estaba previsto en el calendario electoral, tras la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) de aplazarlas en un fallo que dio lugar a impugnaciones de candidatos opositores a las postulaciones de Juan Manzur y de Sergio Uñac.

Con el voto de mayoría de tres de sus cuatro integrantes, el máximo tribunal consideró que las postulaciones de Manzur y Uñac podrían entrar en contradicción con la Constitución de cada una de esas jurisdicciones

Tras conocerse la resolución, la justicia electoral de Tucumán decidió suspender la totalidad de los comicios de este domingo, mientras que la de San Juan optó por llevarlas a cabo de todas formas, pero solo para las categorías de diputados, intendentes y concejales –y no gobernador y vice–.

En qué se amparan las impugnaciones contra Manzur y Uñac

La impugnación contra Manzur fue presentada por el intendente de San Miguel de Tucumán y candidato a vicegobernador de Juntos por el Cambio, Germán Alfaro; mientras que la de Uñac, por el empresario y candidato liberal a gobernador de San Juan, Sergio Vallejos.

En el primer caso, la CSJN decidió dar lugar al planteo que indica que el artículo 90 de la carta magna tucumana colisiona con la postulación del exjefe de Gabinete, que transita su segundo mandato consecutivo como gobernador.

En rigor, el artículo permite una reelección por un período consecutivo tanto para gobernador como para vice, aunque abre otra posibilidad: que este último, habiendo cumplido dos períodos, puede ser elegido como gobernador. El punto gris de discusión está en que Manzur viene de ser gobernador y en que recibió la habilitación del Tribunal Electoral provincial en noviembre pasado.

En cuanto a la discusión por San Juan, la impugnación señala que el artículo 175 de la Constitución provincial establece que "el Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces”.

Uñac fue vicegobernador desde 2011, gobernador desde 2015 y nuevamente gobernador desde 2019, aunque el Tribunal Electoral de San Juan determinó que no se contempla el primero y también lo autorizó a postularse a un eventual tercer mandato constitucional.

Qué argumentó la Corte Suprema en su fallo

La CSJN tiene el expediente hace un mes pero, como aún no resolvió la cuestión de fondo, aplazó los comicios hasta que eso suceda. Mientras tanto, le dio cinco días a las provincias afectadas para que dejen asentada su posición y, después, enviará el caso a la Procuración General, a cargo del interino Eduardo Casal, para que dictamine.

En cuanto a la cuestión de fondo, la Corte Suprema aceptó en su fallo los planteos y afirmó que las candidaturas de Manzur y Uñac podrían contrariar "la periodicidad en las funciones" y "renovación de autoridades" que “exige la forma republicana de gobierno" establecida por la Constitución Nacional para desalentar "la perpetuación en el poder".

Por estos argumentos es que precisamente el máximo tribunal asumió su competencia originaria y decidió no enviar la discusión a los tribunales provinciales.

El dictamen cita fallos previos que suspendieron reelecciones en Santiago del Estero, en 2013, y en Río Negro, en 2019, en donde los cortesanos en cambio sí resolvieron directamente la cuestión de fondo y frenaron la candidatura de Alberto Weretilneck, que buscaba un tercer mandato, aunque sin entorpecer el proceso electoral.

Qué dicen los especialistas

El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez consideró que "suspender preventivamente una elección de autoridades provinciales a 5 días de su realización, cuando sobró tiempo para resolver el fondo de la cuestión, genera un daño gravísimo al sistema democrático argentino y pone en crisis la argumentación jurídica utilizada".

Domingo Rondina, también constitucionalista, opinó que ambas candidaturas eran inconstitucionales a la luz de la norma constitucional provincial, pero que el caso debió tramitar en la Justicia Provincial, precisamente porque las Constituciones eran claras. "Hubieran causado menos daño a las instituciones y a su credibilidad si hubieran tramitado más ágilmente. Política", criticó el especialista al máximo tribunal.

En su cuenta de Twitter, la abogada Graciana Peñafort sostuvo que "la Corte Suprema realizó un grandísimo acto de ataque al sistema federal" y que el tribunal "carece de competencias para hacer lo que hizo ni mucho menos para declarar su competencia originaria en un caso que es de exclusivo conocimiento de las justicias locales". 

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