La Justicia brasileña absolvió por "falta de pruebas" al actor Juan Darthés en la causa iniciada en 2018 por la actriz Thelma Fardín, quien lo había denunciado por haberla abusado sexualmente en 2009, durante una gira internacional, cuando tenían 46 y 16 años, respectivamente. El fallo también levantó la cautelar que impedía al acusado tener contacto con la denunciante y los testigos.
"Un miembro de nuestro equipo me informó que fue absuelto en las últimas horas. No tuvimos acceso aún al fallo porque todo está corriendo en secreto de sumario", dijo a Télam el abogado brasileño Euro Bento Maciel, uno de los defensores de Darthés.
Por su parte, su abogado en Argentina, Fernando Burlando, confirmó la absolución del actor, luego de haber sido "investigado a fondo". "Después de un proceso largo donde se lo maltrató por demás (...), el resultado de toda esa investigación fue reconfortante para la familia de Juan", aseguró el letrado en diálogo con Crónica TV.
Burlando reconoció que era admisible que "todos emitan una opinión antes de que se defina la Justicia", al tratarse de situaciones que son "sensibles a toda la sociedad".
El fallo del juez
El juez federal de San Pablo, Fernando Toledo Carneiro, consideró que "no se pudo comprobar la consumación del acceso carnal", ya que "no fue narrada ni siquiera al día siguiente de los hechos". "Tras analizar el conjunto de la prueba practicada, no ha sido posible determinar la materialidad del delito, con la necesaria seguridad apta para generar una sentencia condenatoria", precisó en el fallo.
En este sentido, el magistrado determinó que la versión de Fardín "no fue consistente" porque, durante más de nueve años, el hecho (la penetración sin consentimiento, lo único que el Código Penal de Brasil admitía como violación antes de la última reforma) "fue omitido de los escasos relatos que dio a personas de su confianza".
El juez recordó que la jurisprudencia de ese país establece que "la palabra de la víctima asume especial importancia en los delitos sexuales cuando es corroborada por otras pruebas obrantes en el expediente", porque se cometen "sin la presencia de testigos presenciales".
Toledo Carneiro aclaró que, según el artículo 213 del Código Penal, cualquier otro tipo de abuso sexual ya se encontraría prescripto por "no ser suficientes para la tipificación" del delito de abuso sexual agravado. "Debido a la menor penalidad, en el momento de los hechos, cualquier acto libidinoso distinto del acceso carnal hubiera prescripto", sostuvo.
A su vez, el magistrado resolvió levantar las medidas cautelares que impedían a Darthés tener contacto con Fardín y los testigos en la causa, así como salir de su país de origen, Brasil, donde se encuentra radicado desde que la actriz realizó la denuncia, hace más de cuatro años.
El juicio comenzó el 30 de noviembre de 2021, dos años después de que Fardin presentara la denuncia por "abuso sexual agravado", en diciembre de 2018 en Nicaragua, por hechos supuestamente consumados en 2009, durante una gira de la novela argentina "Patito Feo", cuando ambos integraban el elenco.