Desde Lima
Un paso más en la ofensiva autoritaria. Esta vez el ataque antiderechos que dispara contra la democracia ha venido desde la Corte Suprema. En un fallo propio de jueces al servicio de una dictadura, los cinco magistrados de la Sala Penal de la Corte Suprema han prohibido el derecho a la protesta. Se califica como delito incluso la protesta pacífica.
Esta decisión judicial que criminaliza un derecho fundamental en la democracia se da en el contexto de una grave crisis política y social, con más de 60 muertos -49 de ellos por disparos de las fuerzas de seguridad- en las protestas que exigen la renuncia de la presidenta Dina Boluarte y el adelanto de las elecciones generales. El gobierno que ha reprimido brutalmente las protestas sociales ahora encuentra una forma de escudarse en una cobertura legal para justificar y continuar esa represión.
Ejercer el poder por coacción
Con esta decisión, la Corte Suprema se suma abiertamente a la coalición autoritaria de derecha que gobierna, que incluye al Ejecutivo, la mayoría del Congreso, la Fiscalía de la Nación y los medios hegemónicos. Una coalición que se sostiene en el poder con la represión.
La Corte Suprema ha dictaminado que movilizarse en contra del gobierno, una empresa privada, o en defensa de algún derecho, representa un “antivalor” y constituye un delito. Y señala que si una protesta, incluso pacífica, afecta el sistema económico, se convierte en “un delito con agravantes”. El autoritarismo judicial para blindar el modelo económico neoliberal. Interrumpir la circulación del transporte por una movilización pacífica es otro agravante del nuevo delito de protesta. Con esta nueva legislación, quienes participan en cualquier protesta pacífica son amenazados con una sentencia de cárcel.
El argumento -o excusa- de los supremos para criminalizar el fundamental derecho a la protesta es que una movilización social, aunque sea pacífica, “afecta los derechos de otros”, entre ellos, indica el fallo judicial, el de poder desplazarse por las calles que son escenario de alguna movilización. Los jueces supremos llegan al extremo de establecer que no se requiere una afectación efectiva de algún derecho de otros, sino que es suficiente “la amenaza” de eventualmente poder “afectar otros derechos” para que se configure un delito. Para los magistrados la única opción que tienen los ciudadanos para protestar, o expresarse en defensa de algún derecho, es recurrir a la huelga de hambre, de la que se dice “no afecta a otros”, o una huelga laboral pero que no incluya una movilización para expresar las demandas exigidas.
La eliminación del derecho a la protesta se ha dado en la sentencia a un recurso de casación presentado por cuatro dirigentes campesinos contra una condena en su contra por protestar contra una empresa minera. Los cuatro campesinos fueron detenidos en mayo de 2016 durante las protestas contra la mina de cobre Las Bambas, explotada por una empresa china en la región andina de Apurímac. Los campesinos se expresaban en rechazo a la afectación producida por la actividad minera a las comunidades campesinas y el medioambiente. La mina Las Bambas ha sido objeto de diversas protestas en los últimos años. Los dirigentes campesinos fueron sentenciados a dos años de prisión suspendida y a pagar una multa por participar en una movilización que bloqueó una vía y repartir volantes contra la minera. Una condena enmarcada en la política represiva contra las protestas campesinas contra proyectos extractivos que afectan sus tierras.
Estos conflictos son fuente de importantes protestas en diversas regiones del país. La decisión de la Corte Suprema, motivada en un caso que busca acallar las protestas campesinas contra las mineras y otros proyectos extractivos en sus territorios, se extiende a todo tipo de protestas, que han pasado a ser un delito.
En la actual crisis y en medio del anuncio de organizaciones sociales de reanudar las protestas contra el gobierno de Boluarte, esta decisión judicial abre las puertas a una pretendida legalización de la criminalización de los manifestantes antigubernamentales. La represión gubernamental, que ha dejado 49 personas muertas, la mayoría pobladores andinos, por disparos de fusiles de guerra en la mayor parte de los casos y en otros por disparos con escopetas de perdigones metálicos, ha sido condenada por organismos nacionales e internacionales de derechos humanos, entre ellos la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y las Naciones Unidas. Esa represión se mantiene en la impunidad. El gobierno ha criminalizado las protestas y respaldado a las fuerzas de seguridad acusadas de disparar contra la población. Ahora cuenta con el fallo de la Corte Suprema para fortalecer su política represiva.
Esta decisión judicial que prohíbe protestar va en contra de las normas internacionales en democracia, que reconocen y protegen el derecho a la protesta, y también contra decisiones anteriores de la propia Corte Suprema y del Tribunal Constitucional que habían reconocido el derecho a la protesta pacífica, ahora eliminado. El máximo tribunal ha establecido una nueva legislación represiva en los tiempos autoritarios que vive el país.