El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Número 4 suspendió el registro de trabajadores y abogados creado la semana pasada por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), tras el reclamo de varios gremios que consideraron inconstitucional la medida y calificaron como "lista negra" la recopilación de esos datos. Horas antes la CTA de los trabajadores había anticipado que denunciará ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) el nuevo registro
"Hay una cautelar que suspende la resolución y dan un plazo de 5 días a la Superintendencia para contestar un pedido de informe del juzgado", confirmó el abogado de la CTA de los Trabajadores Gastón Valente.
La SRT creó la semana pasada, mediante la Resolución 760/2017, el Sistema Integral de Registro para el Estudio de la Litigiosidad del Sistema de Riesgo del Trabajo (S.I.R.E.L.) y ordenó a empresas y aseguradoras informar mediante declaración jurada todas las demandas recibidas alegando la inconstitucionalidad de la ley 27.348 y el decreto 54/2017.
En la norma, la Superintendencia señaló que "a fin de posibilitar el resguardo y fortalecimiento del Sistema de Riesgos del Trabajo, se considera oportuno y necesario contar con una herramienta informática que permita tomar conocimiento y analizar las presentaciones efectuadas".
En consecuencia, la asociación civil Corriente de Abogados Laboralistas 7 de Julio, con la adhesión de veinte gremios entre ellos la CTA, solicitó la medida cautelar en la que fundamentó que "resulta evidente que tales datos son irrelevantes al tiempo de establecer cualquier tipo de estadística que pueda llevar a una conclusión respecto a la causa de la litigiosidad o las medidas para su reducción"
"Sólo se apunta a los pleitos en que se requiere la inconstitucionalidad de la norma y no a aquellos en que se reclama por el incumplimiento de la ley por parte de una aseguradora, lo que torna más evidente el extremo señalado respecto a la finalidad de la medida", indicaron en la solicitud.
Este mediodía, el juzgado a cargo de Laura Castagnino consideró que "la cautelar solicitada busca evitar, lo que configuraría, prima facie y sin que implique adelantar opinión en orden a la precaución solicitada, el supuesto de la existencia de circunstancias graves y objetivamente impostergables".
La Unión Argentina de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART) y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) aún no se expidieron sobre la aceptación judicial de la medida cautelar solicitada por la CTA.