La candidatura de Gildo Insfrán para la gobernación de Formosa sigue avanzando pese a los esfuerzos de la oposición por evitarla. El juez del Tribunal Electoral Permanente de esa provincia, Daniel Moreno, aseguró este lunes que "no existe ninguna prohibición" en la Constitución formoseña para que el titular del Congreso del PJ nacional pueda competir por un octavo mandato a nivel local. Esa consideración, que va en la misma línea con lo expresado la semana pasada por el procurador general Eduardo Casal, fue en respuesta a una nueva impugnación, presentada esta vez por la diputada opositora Gabriela Neme, que se suma a los dos amparos que Juntos por el Cambio impulsó ante la Corte Suprema.
El juez electoral rechazó de plano cualquier comparación entre el proceso formoseño y los que la Corte suspendió en San Juan y Tucumán. “Lo que tenemos es un escenario de litigiosidad, en el que se quiere asemejar las causas, pero la situación es totalmente distinta. La Constitución de Formosa es muy clara: el candidato (por Insfrán) no tiene ninguna prohibición y se procederá a oficializar las candidaturas correspondientes", aclaró Moreno.
Pese a la cercanía de los comicios, pautados para el 25 de junio, los miembros de la Corte siguen sin pronunciarse respecto de la validez o no del proceso, cuestionado por la oposición. En ese marco de incertidumbre, la fórmula Gildo Insfrán - Eber Solís fue igualmente convalidada por el peronismo local, que celebró un congreso partidario este domingo con el objetivo de cerrar filas detrás de su conductor histórico.
Como respuesta a la confirmación del binomio oficial, la oposición presentó este lunes un nuevo recurso de nulidad, pero fue rechazado por el Tribunal Electoral. El planteo, realizado por la diputada Neme y por apoderados del Pro formoseño, fue el mismo que presentaron ante la Corte el candidato opositor Fernando Carbajal y otros abogados vinculados a Juntos por el Cambio. Y consiste básicamente en que el artículo 132 de la Constitución formoseña -que es claro en cuanto a que no existe un límite a las reelecciones para gobernador- contradice “el sistema republicano de gobierno”.
El escrito presentado por Neme y el Pro se asemeja más a un descargo político que a una argumentación de tipo jurídica. Dice que el peronismo local "acumula así 40 años de poder, deprimiendo la sana equilibrada competencia electoral con cualquier ciudadano, cuando utiliza todos los bienes, recursos y maquinaria estatal para promover su figura y candidatura”.
El problema para la oposición es que el procurador Casal, a pedido de la propia Corte, opinó el viernes pasado que los supremos deben mantenerse “ajenos” al proceso electoral. Es decir, que Formosa debe mantener su autonomía y seguir el mandato de su propia constitución. De todos modos, el dictamen no es vinculante, por lo que las sospechas de un fallo instrusivo no se despejaron. El propio Insfrán envió a la titular de la Fiscalía de Estado, Stella Maris Zabala, a presentar un descargo por motu propio frente a los cortesanos, basado en la jurisprudencia de dos fallos anteriores, de 2005 y 2013, en que se rechazó la inconstitucionalidad de la reelección indefinida.
"La Corte Suprema de Justicia no tiene competencia originaria" en el proceso electoral de formosa, sostuvo el juez electoral formoseño, parafraseando a Casal. "Nuestra Constitución es clara al respecto. Te podrá gustar o no el artículo 132 que permite que el gobernador y vicegobernador puedan ser reelegidos, como también otros cargos. Pero estamos hablando precisamente de esto", insistió. "Vimos que la Corte avanzó en los otros casos, como San Juan y Tucumán, y uno, como hombre de derecho, cree que la Corte no debería avanzar en Formosa", cerró.
En esa misma línea se había expresado el propio Insfrán, que viene de ser designado como el "armador" de las alianzas del PJ a nivel nacional. "Si la Corte hace lo que piden los pedigüeños de la oposición sería directamente borrar el federalismo", disparó ante la posibilidad de un nuevo fallo que vete su candidatura.