El exdirector Electoral de la Nación Alejandro Tullio, defendió la resolución que habilitó el voto joven en Santa Fe y la competencia que tuvo para hacerlo el Tribunal Electoral de la Provincia (TEP). “Era una anomalía lo que ocurría con el voto joven en Santa Fe y había quedado sociológicamente a contramano del resto del país”, sostuvo el ex funcionario. El TEP lo habilitó con el voto unánime de sus tres integrantes: el presidente de la Corte Suprema, Daniel Erbetta, y los camaristas Alfredo Ivaldi Artacho y Armando Drago. La decisión, sin embargo, fue cuestionada por el partido Pais, que objeta la competencia del Tribunal por considerárselo un órgano administrativo.
El exfuncionario nacional fue claro: "Creo que no es así, porque lo que ejerció el tribunal electoral no fue el control de constitucionalidad, sino que tomó una decisión sobre una cosa que le está confiada y que es la confección del padrón. El tribunal no está otorgando derechos políticos, sino que está reconociendo los mismos derechos que ya tienen los otros chicos del país", apuntó.
“Un chico o una chica de 16 y 17 años puede votar para presidente, diputados o senadores nacionales, pero no podía hacerlo para cargos más inmediatos a su realidad, como un intendente o un gobernador. Era incomprensible y el tribunal de la provincia vino a subsanar ese derecho restringido”, enfatizó Tullio.
Cabe recordar que el abogado Domingo Rondina, patrocinante del partido País, presentó un recurso ante el TEP para que reconsidere su decisión y avisó que, caso contrario, recurriría a la Corte Suprema provincial. La objeción es que el tribunal no tiene competencia para modificar el régimen electoral e incorporar nuevos electores al padrón, ya que el artículo 29 de la Constitución santafesina establece que podrán votar los mayores de 18 años.
Los fundamentos
Tullio, sin embargo, defendió la legalidad de la medida en dos figuras que se complementan y que equiparan el derecho a votar como uno más de los derechos humanos: el principio pro homine y lo que se denomina “bloque de constitucionalidad federal”.
“El principio pro homine, universalmente aceptado, otorga a estos jóvenes santafesinos el derecho de votar, igualándolos a los que están en la misma situación en cualquier otro distrito de la Argentina. También existe lo que se llama 'bloque de constitucionalidad federal', sustentado por la Constitución nacional y los tratados internacionales sobre derechos humanos que son obligatorios para el resto de los argentinos”, explicó el ex funcionario nacional.
Para Tullio, el plexo jurídico santafesino vigente no puede “restringir un derecho que se le reconoce a otros argentinos en iguales condiciones”.
Por eso, insistió en el concepto de “anomalía” para definir la contradicción de que los jóvenes santafesinos de entre 16 y 17 años puedan votar para cargos nacionales y no para los provinciales, cuando estos últimos representan “una cercanía” más concreta a sus derechos como ciudadanos.