La Justicia porteña ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y al Instituto de la Vivienda local que otorguen una “adecuada e inmediata satisfacción a los requerimientos económicos y materiales” de los afectados por el incendio que se produjo en un conventillo de La Boca el 20 de julio.
“Los padecimientos por vivir a la intemperie son psicotraumáticos y no es necesario ser especialista en la temática para comprender que las profundas huellas emocionales impactan en la subjetividad de quienes atraviesan estos trances, y muy marcadamente en la de los niños”, sostuvo el fallo.
La jueza en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteño Patricia López Vergara resolvió “hacer lugar a la medida cautelar” solicitada en el marco de una acción de amparo por las familias que habitaban el inmueble ubicado en Pedro de Mendoza 1447/51 antes del incendio intencional ocurrido el 20 de julio, que motivó la clausura preventiva y desalojo de la propiedad.
Jorge Luis Bullorini, asesor tutelar de Primera Instancia y representante de los vecinos en el caso, explicó a que, en principio, la demanda de las familias era la de volver a sus viviendas. “Hay que entender que de golpe, por un incendio, perdieron todo. Mal o bien, era el lugar donde estaban viviendo”, señaló.
Luego de la inspección y tras celebrar varias audiencias entre las partes, la magistrada concluyó que “se hallan expuestas todas las carencias e indignidades a las que se ven sometidos los reclamantes”. “Su situación de vulnerabilidad por la grave afectación que han sufrido en su derecho a la vivienda, su exposición a la intemperie a la que están expuestos hace 19 días, la grave afectación a su salud y dignidad humana, carencias todas que se han advertido en el reconocimiento judicial”, dijo.
Asimismo, manifestó en los fundamentos de la resolución que “la situación de emergencia en la que se hallan obliga a la toma de decisiones urgentes con miras a paliar la ‘dramática desigualdad existente entre quien tiene demasiado y quien no tiene nada’”.
También dispuso que “en el caso de optar por el otorgamiento de un subsidio, los fondos deberán ser suficientes para cubrir la totalidad del costo de un alojamiento en condiciones dignas de habitabilidad”, contemplando “la composición de cada grupo familiar” y “dentro de las 24 horas de la concurrencia de los amparistas a la oficina pertinente, munidos de la documentación requerida a tal fin”.
A su vez, “en el plazo de un día y hasta tanto se reubiquen a los actores”, la jueza ordenó proceder “a la instalación inmediata de dos baños químicos”. “Desconfiamos que el gobierno entregue los subsidios y se desentienda. Por eso recurrimos al amparo, y la jueza nos dio la razón”, agregó el asesor tutelar. “Se necesita una solución ya: las familias siguen en la calle, están en carpas”, insistió Bullorini.