Los indígenas brasileños se movilizan desde este martes contra las iniciativas que se tramitan tanto en el Congreso como en la Corte Suprema y que buscan poner una fecha límite para el reclamo de los territorios ancestrales.
En el flanco judicial, el máximo tribunal se apresta a retomar un juicio sobre el llamado "marco temporal", que reconoce como tierras indígenas sólo aquellas que los pueblos originarios ocupaban al día 5 de octubre de 1988, cuando se promulgó la actual Constitución.
Ese mismo asunto se tramita en el Parlamento, en el que la semana pasada la Cámara de Diputados aprobó un proyecto que da forma de ley a la tesis del "marco temporal", que todavía deberá ser debatido por el Senado.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ya expresó su preocupación por la ley 490 porque “contradice estándares universales e interamericanos de derechos humanos y pone en riesgo la propia existencia de pueblos indígenas y tribales en Brasil”.
Por su parte, Amnistía Internacional instó al Senado a rechazar el proyecto tras advertir que la iniciativa “afecta a los derechos de los pueblos indígenas, especialmente en lo relativo al derecho a la libre determinación y al territorio tradicional, y refuerza las violaciones de derechos humanos sistémicas sufridas por los pueblos indígenas de Brasil, que durante siglos han sido expulsados de sus territorios”.
“Limitar y reescribir la historia"
Desde la Apib, adelantaron que prepararan movilizaciones en todo el país contra una tesis que intenta "limitar y reescribir la historia" a partir de 1988 y "desconoce el pasado", pues "cientos de años antes" los pueblos originarios ya ocupaban esos territorios.
Sostienen que eso está debidamente garantizado en el artículo 231 de la Constitución, que reconoce el derecho de los indígenas a "su organización social, costumbres, creencias y tradiciones", y los "derechos originarios sobre tierras que tradicionalmente ocupan", que deben ser delimitadas por el Estado.
Según la Apib, el "marco temporal" también ignora que muchos pueblos indígenas fueron desalojados a la fuerza de tierras que ocupaban antes de 1988, por colonos que luego se apropiaron en forma "ilegítima" de esas zonas, lo cual ha generado recurrentes y violentos conflictos.
Los territorios en disputa
Desde 1988, cuando la Constitución determinó que el Estado debe delimitar las tierras indígenas, fueron creadas 487 reservas, cuya superficie equivale a casi el 14 % del territorio nacional.El proceso de delimitación fue suspendido entre 2019 y 2022 por el Gobierno del ultraderechista Jair Bolsonaro, pero al actual jefe de Estado, Luiz Inácio Lula da Silva, lo retomó y ya declaró su rechazo al "marco temporal".
Según la Apib, a la espera de regularización existen otras 200 áreas indígenas, que representan en torno a otro 2 % del territorio del país y que en su mayoría se sitúan en la Amazonía.
Las ya delimitadas están ocupadas por unos 500.000 de los cerca de 1,6 millones de indígenas que hoy tiene el país, distribuidos entre 305 pueblos que hablan 247 lenguas diferentes, según cálculos previos del censo nacional realizado el año pasado.
La gestión indígena de esas tierras, en su mayoría áreas de protección medioambiental, es considerada además, por estudios oficiales y no gubernamentales, como un "escudo" contra el cambio climático.
La palabra del Supremo Tribunal Federal
La Corte Suprema brasileña tiene previsto retomar este miércoles un proceso que puede sentar jurisprudencia y ser decisivo en la polémica del "marco temporal".
El juicio comenzó el año pasado: hay hasta ahora un voto a favor y otro en contra de esa tesis y todavía deben pronunciarse ocho de los miembros del tribunal.
La causa llegó al Supremo desde tribunales inferiores y a través de una demanda intentada por el Estado contra un fallo de segunda instancia que reconoció como propietario de unas tierras a un organismo público del sureño estado de Santa Catarina.
Durante siglos, esas áreas fueron ocupadas por las etnias Xokleng, Guaraní y Kaingang, desalojadas a la fuerza a mediados del siglo pasado, y acabaron en manos de la Fundación para el Amparo Tecnológico de Santa Catarina, favorecida por la sentencia que ahora discute el Supremo.
Ese fallo, apoyado en el concepto del "marco temporal", sostuvo que en octubre de 1988 esas tierras estaban en poder de ese organismo de Santa Catarina y desconoció que, a partir de 1996, los indígenas habían retomado algunos de esos asentamientos.