La veda electoral por las elecciones 2023 en Tucumán comienza a las 8 de la mañana del viernes 9 de junio. Desde entonces y hasta las 21 del domingo 11 de junio, tres horas después de la finalización de los comicios, hay una serie de actividades que quedan prohibidas. Algunas prohibiciones comienzan en un momento más próximo a la apertura de la votación y otras se levantan en el momento mismo en que cierra el horario para votar.
Qué cosas están prohibidas durante la veda electoral
Las reuniones de electoras y electores o el depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de los lugares de votación.
Los espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.
El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.
Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
Realizar actos públicos de proselitismo
Publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado.
Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
Qué pasa con quienes violan la veda electoral
Según el Código Electoral de la provincia de Tucumán, los ciudadanos que no respeten la veda electoral podrán ser denunciados y sancionados si se comprueba que efectivamente violaron alguna de las restricciones, que están sujetas a condenas.
El artículo 131 de esta norma, además, reprime con la misma pena de 15 días a 6 meses de prisión al “empresario u organizador de espectáculos públicos o actos deportivos que se realicen en el lapso previsto” de prohibición por la autoridad electoral.
Las penas para los que intenten que alguien vote de cierta forma o se abstenga de hacerlo son más graves inclusive: de 2 meses a 2 años de prisión, mientras para aquellos que intentan violar el secreto del sufragio hay una pena estipulada de 3 años.
Cuándo empieza y cuándo termina la prohibición de vender alcohol
Está prohibida la venta de cualquier clase de bebidas alcohólicas desde las 20 del día anterior a la elección hasta las 21 del día en que se celebran los comicios.
A quien venda bebidas alcohólicas durante ese período le corresponde una pena de prisión de entre quince días y seis meses.