Tres hombres que habían sido condenados a 20 años de prisión por el crimen de Nahuel Zárate, durante un robo en el partido en La Matanza en junio del 2020, en plena pandemia por el coronavirus, fueron liberados tras permanecer tres años en la cárcel, luego de que el Tribunal de Casación bonaerense revocara el fallo por el beneficio de la duda. La sentencia también cuestionó al tribunal que los condenó, al considerar que no tuvo en cuenta distintas pruebas aportadas por las defensa y que los testigos no pudieron identificar a los supuestos autores durante el debate.
El fallo fue dictado por la sala segunda de Casación, que ordenó la inmediata libertad de Luis Del Castillo (35), Nahuel Montenegro (31) y Emiliano Romano (27), quienes habían sido condenados a 20 años de prisión como coautores del delito de "robo calificado por el homicidio resultante agravado por el uso de arma", en perjuicio de Zárate (22). Ahora, los tres condenados ya recuperaron su libertad.
El crimen de Zárate ocurrió el 24 de junio de 2020 al mediodía en la esquina de Cañuelas y El Naranjo, de la localidad de Virrey del Pino, La Matanza, cuando salía con su novia Agustina Larroude (19) de la casa de ella para subirse subirse a su auto, que estaba estacionado en la puerta.
Pero en ese momento, ambos fueron sorprendidos por dos delincuentes, uno de los cuales le apuntó con un arma a la chica, mientras el otro le exigió a Nahuel la entrega del auto. De acuerdo al relato de la novia, su pareja le entregó las llaves al asaltante y en ese momento apareció un tercer ladrón que le efectuó un disparo.
Los tres delincuentes huyeron del lugar en el auto, mientras que Nahuel fue trasladado al hospital Simplemente Evita de La Matanza, donde falleció como consecuencia del disparo recibido en el tórax.
Ese mismo día fueron detenidos Del Castillo, Montenegro y Romano, al ser observados a pocas cuadras del lugar del crimen, supuestamente reconocidos por tres testigos que dijeron haberlos identificado por las ropas que llevaban puestas.
El 15 de diciembre del 2021, el Tribunal Oral 4 de La Matanza los condenó a 20 años de prisión, pero la sentencia fue apelada por la defensora oficial Liliana Bevilacqua y por Paula Litvachky en representación del CELS, como también por Adolfo Pérez Esquivel y Roberto Cipriano García, de la Comisión Provincial por la Memoria.
En sus argumentos, la defensora oficial denunció que la sentencia "contenía un gran número de arbitrariedades destinadas a torcer lo vivenciado en el debate, existiendo un rasgo de confirmación por el cual se valoró tendenciosamente la prueba para revalidar una decisión que ya estaba tomada, a la vez que se descartaban los elementos que contradecían dicha solución".
Para la defensora Bevilacqua, la declaración "clave" durante el juicio oral de la novia de Zárate y testigo presencial del hecho, fue "dubitativa y olvidadiza". "¿Qué tipo de evaluación han realizado los magistrados? (...) una evaluación sesgada y arbitraria, acomodada a lo que luego resultó un veredicto condenatorio", dijo la defensora.
Casación convalidó el pedido de la defensora oficial y señaló en su resolución que el tribunal "omitió dar una concreta respuesta a los cuestionamientos que fundadamente se hicieron sobre aquella participación". Es que, para Casación, el tribunal oral basó el fallo condenatorio en la declaración de la novia de la víctima y de otros dos testigos, lo cual fue duramente cuestionado. Casación también criticó a los jueces por no haber valorado un análisis de ADN y dermotest negativo que estaba en el expediente.
"Ellos mismos se presentaron para dar su ADN, cuyo resultado dio negativo. Es la primera vez en causas que tengo que en el expediente hay ADN negativo y dermotest negativo, o sea toda prueba objetiva que hace a la inocencia, a lo fáctico del hecho, y son condenados", enfatizó la defensora oficial, quien dijo sentir "una alegría enorme de que se hizo Justicia".