Durante la cuarta audiencia del juicio al exintendente de Campo Quijano, Manuel Cornejo, y la exsecretaria de Hacienda de ese municipio, Carmen Méndez, por incumplimiento a los deberes y peculado, se leyó la declaración por escrito que realizó el presidente de la Auditoría General de la Provincia, Gustavo Ferraris, y que fue presentada ayer 27 de junio. 

El funcionario contestó que Cornejo "no cumplió con las obligaciones normativas a su cargo, previstas en el artículo 169 de la Constitución Provincial de Salta, el artículo 7 de la ley 7103 y artículo 81 de la ley 8126, por lo que se formuló denuncia penal en cumplimiento de lo dispuesto por resolución de la Auditoría General de la Provincia 158/19".

La ley 169 de la Constitución Provincial se refiere al modelo de control de la hacienda pública y detalla las competencias y funciones de la Auditoría y Sindicatura General. El artículo 7 de la ley 7103 señala entre otras cosas, que "los agentes, autoridades y titulares de organismos y entes sobre los cuales es competente la Auditoría General de la Provincia, están obligados a proveerle la información que les requiera". Mientras que la ley 8126 en el artículo 81, señala esa obligatoriedad del Departamento Ejecutivo municipal y del Concejo Deliberante "considerándose como mal desempeño el incumplimiento a esta obligación".

Respecto a las cuentas generales correspondientes a los presupuestos de 2017, 2018 y 2019, Ferraris indicó que el área de control competente informó que la cuenta de 2017 no fue presentada por el Ejecutivo Municipal, y asimismo, detalló que el presidente del Concejo Deliberante de Campo Quijano presentó en 2018 la aprobación parcial de la cuenta general del período de enero a octubre de 2017.

Mientras que la cuenta general de 2018 fue presentada por Méndez el 1 de julio de 2019. En tanto que la cuenta general de 2019 no fue presentada. "Al día de la fecha no se emitieron informes definitivos de auditoría" por los tres períodos, añadió Ferraris.

El funcionario también dijo que no le consta que la municipalidad haya presentado documentación respaldatoria de todos los gastos efectuados en 2017, 2018 y 2019, ni que haya registrado correctamente el ingreso y egreso de fondos. 

De igual forma, Ferraris refirió que tampoco le consta que en esos periodos, "la municipalidad de Campo Quijano haya cumplido con la normativa financiera y contable de gestión en el manejo de fondos públicos". Insistió con que la Auditoría no emitió informes definitivos aún de los tres períodos.

Ferraris aclaró que "quien tiene competencia exclusiva y excluyente para realizar informes de auditoría sobre el municipio de Campo Quijano" es el área de control Nº4, que se encuentra a cargo de Marcos Segura Alzogaray.

Consultado por el objeto del expediente 2427360/19 respecto a incumplimientos de normativa vigente, Ferraris dijo que se buscó "tramitar la comunicación de irregularidades informadas por el gerente general del área de control Nº 4 ante la falta de presentación de información y documentación por parte del municipio de Campo Quijano y de la cooperadora asistencial". Indicó que desde la Auditoría General dictaron la resolución 158, de 2019, que dispuso girar las actuaciones al Ministerio Público Fiscal.

Además, Ferraris señaló que el expediente "7630", consistía en un informe de relevamiento de información para la transición institucional municipal en el departamento ejecutivo municipal y en la cooperadora asistencial en los períodos relevados de 2018, y entre el 1 de septiembre de 2019 y el 30 de junio de 2019.

Otra pregunta que se le realizó a Ferraris, tenía relación con las tareas que se efectuaron en el marco de los procedimientos de solicitud de información para la transición. El auditor detalló que requirieron información y documentación mediante nota a la municipalidad de Campo Quijano y a la cooperadora asistencial en julio de 2019. 

Además, señaló que este pedido de información fue reiterado en el relevamiento que hicieron en la visita realizada por el equipo de trabajo al municipio, el 19 y 20 de noviembre de 2019. En esa oportunidad detalló que entrevistaron a funcionarios municipales, primero al secretario de gobierno Faustino Arjona, luego a la tesorera de la Cooperadora Asistencial del municipio, Mabel Díaz.

Ferraris precisó que requirieron información a terceros relacionados con la municipalidad, entre éstos mencionó a la Contaduría de la provincia, Secretaría de Asuntos Municipales de la provincia, Dirección de Vialidad, Dirección General de Inmuebles, Instituto Provincial de la Vivienda y Ministerio de Asuntos Indígenas y Desarrollo Social. También realizaron solicitudes similares al poder judicial en los juzgados civiles, contenciosos y administrativos del distrito centro.

Durante la audiencia dieron sus testimonios otras personas que ocuparon cargos en la municipalidad de Campo Quijano: la exdelegada del pueblo de La Silleta que es parte de la municipalidad de Campo Quijano, María de los Ángeles Colque; el inspector de tránsito José Rojas; el director de Tránsito, Sergio Olmos; la trabajadora del área de Recursos Humanos, Gladis Cardozo; el capataz de Obras Públicas, Santos Cari, y el trabajador de un taller metalúrgico de la municipalidad, José Maquías

Se les indagó respecto a si había trabajadores por hora en el municipio durante la gestión de Cornejo, y sobre la modalidad en que se les pagaba. A algunos también se les preguntó por la maquinaria con la que contaba la municipalidad.

Entre quienes aportaron más datos, Colque dijo que en La Silleta tenía personal por hora, también de planta permanente y contratados. Indicó que los trabajadores por hora eran "5 o 6", hacían tareas de mantenimiento, el capataz les asignaba las tareas, el pago era mensual y ella enviaba las planillas a Tesorería de Campo Quijano para que les remuneraran por los servicios en efectivo. También dijo que las actividades se realizaban con los elementos que tenía en la delegación, no alquilaban maquinarias ni herramientas.

El capataz Santos Cari dijo que los trabajadores con esa modalidad temporal, cumplían 6 horas diarias. Precisó que cobraban por ventanilla, en efectivo, al igual que los obreros de planta permanente y contratados. En total eran 16 en este sector, con las tres modalidades de empleo. Describió que realizaban tareas de albañilería y plomería.

Mientras que la trabajadora Gladys Cardozo indicó que había trabajadores por hora, pero no recordaba cuántos. Dijo que hacían el mantenimiento de calles y del pago se encargaba tesorería.

La audiencia pasó a un cuarto intermedio hasta este miércoles a las 14.