Desde Santa Fe
El gobernador Omar Perotti expulsó de la Policía de Santa Fe a cinco condenados por delitos de lesa humanidad en Reconquista durante la dictadura. Se trata del comisario inspector Carlos Nickisch, que era uno de los jefes del grupo de tareas y cuatro de los efectivos que estaban a su mando: el comisario inspector Eduardo Luque, el oficial principal Juan Antonio Mulasano y los suboficiales mayores Horacio Machuca y Rubén Vicente Molina. Lo que significa que en los quince años que transcurrieron desde que fueron detenidos en 2008 y 2012, juzgados y condenados en 2013 y 2017 por “secuestros”, “tormentos” y tres de ellos por “violaciones agravadas” integraron el nomenclador de la fuerza, hasta ahora. El gobernador firmó el decreto 1177 que transformó la “situación de retiro” de los cinco represores en una “destitución” el 9 de junio, pero su texto se conoció ayer: “Destitución de represores. Tarde pero seguro”, publicó la Asociación Norte Amplio por los Derechos Humanos al informar sobre la purga.
La cesantía fue impulsada el 11 de diciembre de 2019, apenas asumió Perotti y le tomó juramento a su primer ministro de Seguridad Marcelo Sain, pero el gobernador recién pudo firmar el decreto 1177 tres años y medio después, el 9 de junio de 2023, lo que revela cuáles son los tiempos de la Policía de Santa Fe. Lo refrenda el actual ministro Claudio Brilloni.
El sumario se inició el 14 de octubre de 2008, casi un mes después de que efectivos de Gendarmería detuvieran a Nickisch, Luque, Machuca y Molina por delitos de lesa humanidad. El 7 de noviembre, se ordenó la captura de Mulasano, que estuvo prófugo casi cuatro años hasta que cayó en abril de 2012, en Resistencia. Así que en estos quince años de investigación judicial, juicio y condena, el expediente administrativo pasó por distintas áreas de la Policía y hasta tuvo un paso por el archivo.
En los considerandos, el decreto menciona dos fallos del Tribunal Oral de Santa Fe que condenó a los cinco represores en agosto de 2013 y en setiembre de 2017. En el primero sentenció “a Nickisch, Machuca, Luque y Molina a penas de 18, 11, 10 y 7 años de prisión, respectivamente” y les aplicó la “accesoria de inhabilitación absoluta y perpetua”. Y en el segundo, a Mulasano a “8 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua por ser autor material de los delitos de ‘privación ilegal de la libertad agravada por empleo de violencia y amenazas’”.
El texto sólo menciona la condena en un caso, pero los otros son conocidos: *Carlos Nickisch: 18 años de prisión por “privación ilegal de la libertad agravada” y “tormentos agravados” a doce víctimas y “violación agravada” a dos de ellas.
*Horacio Machuca: 11 años de prisión por “privación ilegal de la libertad agravada” y “tormentos agravados” a seis víctimas y “violación agravada” a una.
*Rubén Vicente Molina: 10 años de prisión por “privación ilegal de la libertad” a una víctima y “vejaciones” y “violación agravada” a otra.
*Eduardo Antonio Luque: 7 años de prisión por “privación ilegal de la libertad agravada” a cuatro víctimas.
*Juan Antonio Mulasano: 8 años de prisión por “privación ilegal de la libertad agravada” a nueve víctimas, “tormentos” a una, y “tormentos agravados” a tres.
Las “conductas” de los condenados –dice el decreto- son “reprochables, no sólo en el ámbito penal, sino también en el administrativo y como tal afectan el prestigio de la Institución policial y por consiguiente la dignidad de los funcionarios”. Y planteó que debe aplicarse “el artículo 152° del Reglamento para Sumarios Administrativos, primer párrafo: ‘la condena impuesta por sentencia firme a pena privativa de la libertad no condicional o pena de inhabilitación efectiva para el ejercicio de función pública se sanciona con destitución’”.
Por lo tanto, “atento a las facultades propias de la Administración para imponer sanciones, habiéndose resguardado debidamente la garantía del derecho de defensa y estando acreditada la falta mencionada, es procedente la medida depurativa propuesta”.
Y eso fue lo que decretó el gobernador Perotti: transformó la “situación de retiro” en la que estaban Nickisch, Luque, Mulasano, Machuca y Molina en la “medida disciplinaria de destitución”, en “merito a la condena recaída en sede penal”, dice el artículo uno del decreto 1177.