La Legislatura ratificó un decreto de la Función Ejecutiva que prorroga por 120 días más, “los permisos de cateo, prospección, exploración y concesiones mineros en todo el territorio de la Provincia relacionados al litio. El decreto 852 de la Función Ejecutiva es del 12 de mayo y la ratificación quedó establecida a través de la ley 10.633 publicada en el Boletín Oficial del pasado 30 de junio. En noviembre del 2022, la Legislatura sancionó la ley 10.608 que declara al litio y a sus derivados como recursos naturales estratégicos. La modificación de la norma es sobre el articulo 3 que “suspendía por el término de 120 días los de cateo, prospección, exploración y concesiones mineros en todo el territorio de la Provincia relacionados al litio y que la Función Ejecutiva podría prorrogar el plazo por única vez por idéntico tiempo”.
Según el decreto, que entró en vigencia el pasado 18 de mayo, la extensión de la suspensión es “en virtud de continuar realizando las investigaciones pertinentes de la disponibilidad de éste”. En la Rioja y el yacimiento se encuentra en las salinas de El Leoncito, en el departamento Lamadrid, a unos 3.600 msnm.
La provincia cuenta con la norma que declaró de Interés Público Provincial al estudio, investigación, prospección, exploración, explotación e industrialización del litio y a sus derivados y el agregado de valor a los productos obtenidos y la Función Ejecutiva determina “las zonas de interés de investigación en el territorio por lo que quedaron “caducos los permisos que se hubiesen otorgado por la autoridad minera, estableciéndose que cualquiera de las actividades antes mencionadas deberá realizarse con participación de Energía y Minerales Sociedad del Estado -EMSE-, ya sea por sí o por acuerdo con terceros”.
La Función Ejecutiva tomará las medidas administrativas necesarias para fomentar el aprovechamiento del litio “de la manera que mejor importe al desarrollo del modelo de sostenibilidad del Estado Provincial” y le otorga un papel central a las empresas del Estado que “gozarán de un derecho de preferencia y/o prioridad de descubrimiento y/o de cualquier otro derecho minero en las zonas de interés”.