Durante la 16° sesión del Concejo Deliberante de la ciudad de Salta se debatió la iniciativa de la legisladora Agustina Álvarez Eichele (PRO), que pretende la creación de un nuevo régimen jurídico para el uso de los cementerios municipales. La propuesta incluye aspectos vinculados a la transferibilidad de la concesión de uso de nichos y mausoleos, un nuevo procedimiento y causales de caducidad de las concesiones de los nichos y mausoleos, entre otros aspectos.

No obstante, la concejala Paula Benavides (Salta Independiente) se mostró en desacuerdo al sostener que previamente se debe definir la naturaleza jurídica del funcionamiento de los cementerios municipales para recién proceder a cualquier acto administrativo de transferencia de las concesiones, que es el método que está vigente. Tras el intercambio, la autora de la iniciativa propuso que el proyecto vuelva a ser tratado en comisiones. 

En el recinto, Álvarez dijo que es una propuesta enriquecedora puesto que se permitiría que personas titulares de concesiones puedan transferir sus nichos o mausoleos a título oneroso o gratuito. Con este habilitante, aseguró que se "van a eliminar burocracias" y se dará "transparencia y claridad al procedimiento para todos los trámites que quieran hacer los ciudadanos". 

La concejala explicó que una de las particularidades de la propuesta sería la creación de una mesa de entrada en los cementerios municipales de la ciudad de Salta: San Antonio de Padua y de la Santa Cruz. "Esto es importante porque da otra cercanía del ciudadano hacia el organismo", afirmó. Además, se prevé establecer las caducidades y las multas para "evitar que el ciudadano tenga que seguir renegando y pueda tener soluciones más rápidas y efectivas". 

Para Álvarez, el concepto de la transferebilidad no desfigura la naturaleza jurídica actual, lo que implica que no se va "en contra de todo el ordenamiento jurídico establecido". En ese sentido, sostuvo que incorporar la figura de la cesión de derechos, es estar en línea con el cambio respecto a la cultura actual de la disposición final de los cuerpos. "Antes las personas estaban muy interesadas por tener nichos o mausoleos, pero hay quienes no quieren seguir teniéndolos", aseguró. 

Por tal motivo dijo que se debe dar la posibilidad a las personas que adquirieron un nicho o un mausoleo (en el que se invirtió monetariamente) para que "si quieren venderlo puedan hacerlo y puedan recuperar esa inversión que hicieron inicialmente", argumentó.

Sin embargo, para Benavides la situación es mucho más compleja. Si bien coincidió en la necesidad de actualizar la normativa en los cementerios municipales, puso en discusión la idea de que se tenga que avalar una cesión de derechos cuando está vigente una concesión de parte de la Municipalidad de Salta. 

Por ello, recordó que el régimen en los cementerios primero se entendía como "algo sagrado", y estaba a cargo de los cultos religiosos. Luego la disposición final de los cuerpos se entendió como una cuestión de salud pública, lo que implicó que el Estado sea el responsable de su funcionamiento, en este caso, el municipio capitalino. Después se incorporaron los cementerios privados, estableciendo así, régimes jurídicos privados y públicos. 

A ello se sumó que tras la sanción del nuevo Código Civil y Comercial no se logró tratar de manera íntegra la situación de los cementerios municipales, según remarcó Benavides. Actualmente, la Municipalidad de Salta establece el funcionamiento de los cementerios mediante concesiones, pero sin definir una normativa que dictamine que son de dominio público. Ante este contexto, la edila dijo que el Concejo Deliberante tendría que definir una naturaleza jurídica para dictaminar un nuevo régimen de funcionamiento, y así dar recién "la posibilidad de disponer o no que un particular mantenga el derecho sobre la sepultura". 

Para la concejala, se plantean diferentes posiciones jurídicas. La primera refiere a que si se entiende "que los bienes son de dominio privado, sí podemos dar la libertad al particular de poder disponer de esos derechos (de venta o transferencia gratuita)". En otra instancia: "si entendemos que el cementerio es de dominio público y se rige bajo normas de derechos administrativos" se presenta la figura de la concesión, lo que implica que "no podríamos permitir que el particular haga una cesión gratuita u onerosa". 

A raíz del segundo escenario, Benavides explicó que con la concesión, el Estado le otorga a un particular la posibilidad de explotación de la parcela y, posteriormente, cuando el particular deja de tener tal explotación, la parcela tiene que volver al Estado para que sea quien disponga nuevamente de ese bien. "Una vez que el particular ya no quiera (continuar la explotación del sitio) por qué no debe volver al Estado y por qué se le da la posibilidad de venderlo al particular", cuestionó la legisladora. 

"Si queremos habilitar realmente la posibilidad de que se tenga la titularidad del dominio, entiendo que hay que ir mucho más profundo en la norma y cambiar la naturaleza jurídica", insistió Benavides. La discusión seguirá en comisiones.