La Legislatura aprobó el jueves pasado la adhesión de La Rioja a la ley nacional 27.674 de creación de un régimen de protección integral para niñas, niños y adolescentes que tienen cáncer y viven en forma permanente en Argentina. La iniciativa fue presentada por la diputada Lourdes Ortiz y el diputado Juan Carlos Santander, ambos del Bloque Justicialista, e impulsada por un grupo de madres y padres que apoyan esta ley.
Mediante la adhesión a esta norma se propone “la elaboración de lineamientos programáticos y guías de prácticas para la detección, diagnóstico, tratamiento, y asistencia a los centros oncológicos para que brinden una atención de calidad que, respete todos los derechos de los niños, niñas y adolescentes con cáncer, como así también, difundir y capacitar en estrategias para optimizar el diagnóstico precoz en cáncer infantil”.
El diputado Santander explicó en la sesión que la norma “tiene como objeto prevenir y diagnosticar de forma precoz enfermedades oncológicas en los grupos etarios señalados y brindarles atención integral para garantizar el más alto nivel de vida para los pacientes y la familia”. Esta ley “busca una atención igualitaria e integral para el paciente que transita esta patología no sólo en el ámbito de salud sino también para acceder al transporte gratuito, tener una vivienda digna, que la familia obtenga licencia para acompañar esta enfermedad y una asistencia económica”, detalló.
Por su parte, la diputada Lourdes Ortiz resaltó la importancia de contar con una comunidad organizada: “eso hicieron las mamás y papás de Guerreros Dorados, que además de acompañar a sus hijos e hijas a transitar la enfermedad, fueron más allá y pensaron en un colectivo, trascendieron con esa vocación y demandan a las instituciones la escucha y la atención desde la política pública”.
La Rioja cuenta con la Ley Provincial 9766, a través de la cual se establece el acceso al boleto gratuito a pacientes con patologías oncológicas, en el transporte público de pasajeros de corta y media distancia. Y, cuenta con la ley 10.372, sancionada en 2021, mediante la cual se incorpora la licencia especial de 180 días por cuidados de “madre, padre, tutor, cónyuge, conviviente, hijo, hija que padecen una enfermedad oncológica, grave, terminal o accidente grave”.