En las elecciones generales Argentina 2023 de este domingo 22 de octubre pueden votar los argentinos residentes en el exterior que hicieron el cambio de domicilio antes del 25 de abril. En caso de una segunda vuelta, prevista para el 19 de noviembre, van a poder sufragar en el mismo lugar al que acudieron para las generales. En tanto, quienes no hayan realizado cambio de domicilio para las generales deben justificar la no emisión del voto.
El voto se emite de manera presencial en la Representación Consular correspondiente a la circunscripción donde cada uno viva. En el caso de las PASO (Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias), los residentes en el exterior no votan. Lo hacen solo en las elecciones generales.
Cómo votar en el exterior
- Solo pueden votar aquellas personas mayores de 16 años que en su DNI argentino tengan un domicilio en el exterior desde antes del 25 de abril.
- Se puede votar de forma presencial entre las 8:00 y las 18:00 del país de residencia, en la embajada o consulado de la jurisdicción que corresponda.
- Los documentos válidos son el DNI tarjeta, DNI libreta celeste, DNI libreta verde, libreta de enrolamiento y libreta cívica.
Cómo y dónde justificar la no emisión del voto en el exterior
Para justificar la no emisión del voto en el exterior en las elecciones Argentina 2023, los ciudadanos argentinos que por turismo o por no haber cambiado el domicilio no puedan votar deben presentar documentación que acredite que el día del sufragio no estaban en el país. El trámite se puede realizar por Internet o en forma presencial:
- Justificación online: Deben ingresar al Registro de infractores y adjuntar la foto del pasaporte o documentación que acredite que en la fecha de las elecciones no se encontraban en el país.
- Justificación presencial: Deben acercarse a la Embajada o Consulado Argentino más cercano a la ciudad en la que se encuentren (puede chequearse el Listado de Representaciones Consulares). También pueden presentarse ante la Secretaría Electoral que corresponda al domicilio en Argentina o a la Cámara Nacional Electoral, en Leandro N. Alem 232.
Las embajadas y consulados no emiten justificaciones de no voto para las elecciones provinciales, pero sí se puede solicitar una constancia que certifique que el día de las elecciones se encontraban fuera del país para presentarse ante el órgano pertinente de la provincia.