Antes de iniciar el receso de invierno, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad firmó un fallo que convalida la precandidatura de Jorge Macri a jefe de Gobierno porteño. La postulación del primo del expresidente Mauricio Macri había sido impugnada porque no cumple con los requisitos que establece la Constitución local: ni nació en la Ciudad ni vivió allí durante los últimos cinco años. Los supremos porteños –en su mayoría alineados al PRO– no se metieron en la discusión de fondo y le dieron luz verde al precandidato por un tecnicismo.
La Constitución de la Ciudad, en su artículo 97, estipula que quien quiera convertirse en el jefe de Gobierno debe “ser nativo de la Ciudad o poseer una residencia habitual y permanente en ella no inferior a los cinco años anteriores a la fecha de elección”. El problema es que Jorge Macri nació en Tandil y acreditó haber vivido en territorio porteño entre 1987 y 2006. Desde 2011, es intendente de Vicente López.
Frente a esa situación, Vanina Biasi –del Partido Obrero (PO) dentro del Frente de Izquierda y Trabajadores- Unidad (FIT-U), Eugenio “Nito” Artaza –que quería competir por el cargo dentro del armado que encabezaba Daniel Scioli– y Juan Pablo Chiesa –de Aptitud Renovadora– presentaron sus impugnaciones ante el Tribunal Electoral (TE) de la Ciudad.
Los tres integrantes del TE –Roberto Requejo, Rodolfo Ariza Clerici y Romina Tesone– dijeron que la candidatura de Jorge Macri era viable porque, en realidad, la Constitución local no dice que los cinco años que demanda deben ser “inmediatamente anteriores”. El tema escaló al TSJ, de la mano de Biasi y Artaza.
El miércoles, el fiscal general de la Ciudad dijo que las impugnaciones debían ser rechazadas e hizo un análisis semántico del artículo en línea con los intereses de Jorge Macri. La pregunta era cómo los supremos porteños iban a salir del atolladero sin contradecir su propia jurisprudencia porque en 2010 el TSJ le había dicho a Adrián Pérez –por entonces aliado de Elisa “Lilita” Carrió– que no podría competir por la jefatura de Gobierno porteña porque “alternaba” su residencia entre la Ciudad y la provincia de Buenos Aires.
La mayoría de los integrantes del TSJ salieron por arriba. Dijeron que, en realidad, las impugnaciones se debieron haber presentado ante la Junta Electoral de Juntos por el Cambio 48 horas después de haber sido oficializado las listas y no ante el TE. En esa línea, los jueces entendieron que Biasi y Artaza no habían seguido el procedimiento correcto y rechazaron sus pretensiones con un formalismo que los evitó de hacer los estiramientos conceptuales en los que debieron involucrarse sus colegas del TE.
Esa fue la postura que sostuvieron tanto Inés Weinberg de Roca, Santiago Otamendi y Marcela de Langhe. Luis Lozano votó por rechazar los recursos por haber optado por un procedimiento inapropiado pero sostuvo que la interpretación del TE era incorrecta: que el artículo 97 exigía haber vivido en la Ciudad los cinco años inmediatamente anteriores a la elección.
La quinta jueza, Alicia Ruiz, quedó en soledad. La magistrada acusó a sus colegas del TE de haber dado una “versión distorsionada” de la letra de la Constitución de la Ciudad. “Es el artículo ‘los’ el que determina que son los cinco años que anteceden a la fecha de la elección y no cinco cualesquiera”, remarcó.
La mayoría automática macrista
En el TSJ, el macrismo tiene una mayoría automática encarnada por Weinberg de Roca, Otamendi y de Langhe. Weinberg de Roca, compañera de gimnasio de Mauricio Macri, fue su elección para la Procuración después de que su gobierno forzó la renuncia de Alejandra Gils Carbó. La jueza también integró la comisión de expertos que designó Alberto Fernández para proponer una reforma del Poder Judicial, que quedó trunca.
Otamendi se incorporó al TSJ durante la última etapa del gobierno de Cambiemos. Antes, había sido el número dos de Germán Garavano en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Según el diario La Nación, Otamendi fue parte de la “mesa judicial” del macrismo.
Marcela de Langhe, por su parte, dirigió durante años el Instituto Superior de Seguridad Pública (ISSP), el organismo encargado de formar a los policías porteños. A la jueza se la caracteriza como una persona muy cercana a Guillermo Montenegro. El actual intendente del partido de General Pueyrredón era el ministro de Justicia y Seguridad de Macri cuando se creó la Policía Metropolitana. El ISSP estuvo bajo el foco de atención meses atrás después de que el ministro de Justicia Martín Soria reveló que la jueza María Eugenia Capuchetti se desempeñaba como investigadora en esa institución. Éste fue uno de los argumentos que empleó la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner para pedir su apartamiento de la investigación sobre el intento de magnicidio.
De nuevo a la Corte
Biasi le dijo a Página/12 que recurrirá el fallo del TSJ y buscará llegar a través del recurso extraordinario hasta la Corte Suprema. Habrá que ver si los supremos porteños resuelven su presentación rápidamente y si los cortesanos le imprimen velocidad para pronunciarse antes del 13 de agosto, cuando se realizarán las primarias.
“Ninguno de los cinco jueces sostiene ni defiende la interpretación hecha por el apoderado de Jorge Macri ni por el Tribunal Electoral respecto del artículo 97, sino que dos de los cinco me dan la razón”, resalta la dirigente del PO. “Por supuesto que iré en un recurso a la Corte Suprema de Justicia, porque quiero seguir hasta el final, porque tengo razón y porque no se pueden usar reglas diferentes para que nos presentemos a una misma contienda electoral. Voy a llegar hasta el final porque, de esa manera, logro incomodar a un Poder Judicial que cada vez que tiene que responder se muestra como lo que es: un Poder Judicial que depende políticamente de la facción política que gobierna la Ciudad hace 16 años”.
Biasi había presentado una declaración de certeza ante la Corte para que dijera si Jorge Macri podía ser candidato. A contramano de lo que hicieron en San Juan y Tucumán, Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz respondieron que era un tema de la justicia local.