Nicolás Pachelo, absuelto por el homicidio de María Marta García Belsunce, pero condenado el año pasado a nueve años y medio prisión como autor de una serie de robos en countries del conurbano bonaerense, pidió su libertad condicional luego de ser beneficiado con la reducción de siete meses de su condena a partir de una serie de cursos y talleres que hizo en prisión. La fiscalía se opuso y pidió que continúe preso, informaron fuentes cercanas a la fiscalía.
El planteo de oposición fue presentado por los fiscales de San Isidro que actuaron en el juicio, Patricio Ferrari, Andrés Quintana y Federico González. En el dictamen, los representantes del Ministerio Publico criticaron a los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4 de San Isidro, Esteban Andrejin y Osvaldo Rossi, que por mayoría –el tercer juez lo había considerado culpable del crimen-, absolvieron a Pachelo por el asesinato de la socióloga, lo condenaron a 9,5 años de prisión, y le quitaron siete meses a la condena por los robos por el “estímulo educativo”, lo que lo deja en 8 años y 11 meses.
Los fiscales señalan que estos jueces, al margen de haberlo condenado por los robos a nueve años y seis meses de cárcel -la fiscalía había solicitado 15-, “para lograr aún más beneficiar al imputado Pachelo, el pasado 4 de julio decidieron concederle el estímulo educativo propiciado por sus defensores restándole también siete meses más a la pena que le habían dictado”.
El reclamo fiscal se sostiene en una queja sobre un fallo judicial pasado, que forma parte del procedimiento de aplicación de justicia que los mismos fiscales integran y del que participaron presentando pruebas que dos de los tres jueces consideraron insuficientes para condenarlo por el crimen.
Por otro lado, el reclamo sobre la aplicación del conteo de reducción de pena por la realización de cursos durante la detención es llamativo ya que se trata de un derecho. El conteo, denominado "estímulo educativo" forma parte de la incorporación de la Ley de Educación nacional al sistema de ejecución penal, un derecho de todos los presos con condena en el territorio del país. El "estímulo educativo" no es un beneficio, sino que se aplica no solo a Pachelo sino a todos quienes realizan cursos de estudio en cárceles. La protesta a ese derecho no debería estar al alcance de una fiscalía de Estado, el mismo Estado que da reconocimiento parlamentario a ese derecho.
Según lo resuelto por el tribunal, a Pachelo le restaron tres meses por haber terminado en prisión el secundario con el título de bachiller con orientación en Ciencias Sociales, otros dos meses por haber asistido en 2019 durante 120 horas a un “curso de informática” en la Unidad 23 de Florencio Varela y los otros dos meses, por haber hecho también durante 120 horas, en 2019 y en el mismo penal, un “curso de carpintería”.
“Las reducciones de la pena que los propios magistrados realizaron -aseguran los fiscales- muestran que, en consecuencia, a su parecer, quien resulte condenado a una pena de casi 10 años de prisión puede estar en la calle tan solo al cumplir apenas cinco años y tres meses de encierro”. La crítica de los fiscales avanza sobre el conteo correcto de ejecución penal al que tiene acceso a solicitarlo cualquier detenido al cumplirse la mitad de la condena. En el caso de Pachelo, correspondería a los 4 años, 5 meses y 15 días (mitad de los 8 años y 11 meses), tiempo ya agotado según el conteo de los mismos fiscales.
Para Ferrari, Quintana y González, “se encuentran vigentes los riesgos procesales –peligro de fuga y entorpecimiento de la investigación-, advertidos oportunamente al momento de disponerse su prisión preventiva”.
Entre esos puntos, los fiscales mencionaron que ellos apelaron ante el Tribunal de Casación la absolución de Pachelo por el homicidio agravado de García Belsunce –hecho por el que le habían pedido prisión perpetua-, que tiene aún causas en trámite –como la reinvestigación de la muerte de su padre, Roberto Luis Pachelo, ocurrida en 1996-, y que tiene una condena en la justicia federal por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, cuestiones que, por el momento, en los tribunales no aparecen vinculadas con el juicio por María Marta.
Las mismas fuentes indicaron a Télam que ahora será el TOC 4 de San Isidro quien evalúe los fundamentos de la defensa y la oposición presentada por los fiscales, para determinar si le concede o no a Pachelo la excarcelación.
En un fallo dividido, Pachelo fue absuelto el pasado 2 de diciembre, en el tercer juicio que se hizo por el homicidio de García Belsunce, asesinada de cinco balazos en la cabeza el 27 de octubre de 2002 en el country Carmel de Pilar, pero cuyo crimen recién fue descubierto a los 45 días de cometido, cuando hallaron en su cráneo 5 proyectiles, y a pocos días que los familiares llegaran a disponer su cremación. Los fiscales apelaron la absolución de Pachelo, por considerar que la sentencia fue "arbitraria" y que dos de los tres jueces –Andrejin y Rossi-, "carecieron de imparcialidad".
Sostuvo Telam, a partir de la información de sus fuentes judiciales, que si este mismo veredicto es confirmado en instancias superiores, el caso García Belsunce, uno de los de mayor repercusión en las últimas dos décadas, quedará impune, ya que, al haber pasado más de 15 años -el límite para la prescripción de las causas con delitos con pena de prisión perpetua-, no se puede investigar ni imputar a un ningún nuevo sospechoso.
El concepto, de todos modos, no queda sanado condenando a quien por el momento no tiene pruebas en su contra para ser condenado.