Argentina logró "una importante modificación en la jurisprudencia de la Justicia italiana" que facilitará la extradición de prófugos. El anuncio corrió por cuenta de la Secretaría de Derechos Humanos: informó que a partir de las iniciativas que permitieron la extradición del excapellán militar Franco Reverberi Boschi, acusado de delitos de lesa humanidad, el gobierno nacional consiguió establecer que Italia admita a las torturas como crímenes imprescriptibles, lo que impactará "en otros casos similares", como el del militar Carlos Malatto, quien reside en ese país y es requerido por la Justicia argentina por delitos cometidos durante la dictadura en perjuicio de más de 100 personas.

"Debido al impulso realizado por la Secretaría de Derechos Humanos en la causa por la extradición del ex capellán militar Franco Reverberi Boschi, el Estado argentino logró una importante modificación en la jurisprudencia de la justicia italiana que impactará en otros casos", informó la secretaría que encabeza Horacio Pietragalla Corti. Como consecuencia de la iniciativa argentina, la Justicia del país europeo "modificó el criterio que mantenía hasta el momento" y pasó a "considerar que las torturas fueron crímenes de lesa humanidad, que no han prescripto y, por lo tanto, son extraditables".

Reverberi Boschi fue capellán auxiliar del Escuadrón de Exploración de Montaña VIII de San Rafael y es investigado por hechos cometidos en el centro clandestino de detención conocido como La Departamental. Huyó de Argentina en 2011, cuando se realizó en Mendoza el primer juicio por delitos de lesa humanidad y los testimonios de sobrevivientes y familiares comenzaron a señalar su responsabilidad.

"Su extradición se logró luego de un largo proceso judicial que comenzó en 2013. En los últimos años, el Estado argentino comenzó a darle un nuevo impulso y se presentó como parte interesada del proceso", señalaron desde la Secretaría. En marzo de 2022, el Tribunal de Apelaciones de Bolonia rechazó el pedido argentino por lo que el representante del Estado recurrió a la Corte Suprema de Casación italiana, que el 30 de junio del año pasado ordenó emitir un nuevo fallo que tuviera en cuenta pruebas que no habían sido analizadas.

En esa misma resolución, la Corte Suprema de Casación modificó su jurisprudencia, que sólo consideraba imprescriptibles los delitos de homicidio, para "incluir también las torturas como crímenes de lesa humanidad". Desde la Secretaría de Derechos Humanos aseguraron que la decisión de la Corte italiana reabrió el proceso y el pasado 10 de julio el Tribunal de Bolonia finalmente "hizo lugar al reclamo argentino".

Para conceder el reclamo argentino de juzgar a Reverberi Boschi en el país, la Justicia italiana también tuvo en cuenta los informes enviados por la Secretaría de Derechos Humanos que acreditaron que las unidades penales de Ezeiza y de Campo de Mayo cuentan con las condiciones necesarias para alojar a personas de edad avanzada y que tienen problemas de salud.

El cambio de jurisprudencia permitió que el ex capellán del Ejército sea extraditado por un homicidio y también por los tormentos sufridos por diez víctimas que estuvieron cautivas en La Departamental.

"Esto tendrá además un impacto muy importante en otros casos similares, como el del exmilitar Carlos Malatto, quien reside en Italia y es requerido por la Justicia argentina por crímenes de lesa humanidad contra más de 100 personas en San Juan", señalaron.