De momento, la educación religiosa en las escuelas públicas de Salta encontró apoyos en representantes del integrismo católico más rancio, y objetores entre los de sectores cristianos no católicos (bautistas y adventistas), de organismos de derechos humanos, entidades laicas y universidades nacionales. Por la mañana, uno tras otro, a razón de diez minutos cada uno, diecisiete oradores expusieron en continuado ante la Corte Suprema sus razones para declarar inconstitucional o avalar la ley que establece la educación religiosa en las escuelas públicas de Salta. Hubo argumentos legales; mención de jurisprudencia, de experiencias de países de la región y de otros continentes; motivos personales, confesionales, laicos y ateos; también observaciones de cómo funciona, en la práctica, la ley por la cual chicas y chicos de la primaria pública salteña tienen a la religión como una materia más de la currícula (ver aparte).
En la Sala de Audiencias, presidida por la talla de un Cristo en un crucifijo, cuatro de los cinco jueces que integran el tribunal (uno de ellos se tuvo que excusar porque tiempo atrás estuvo vinculado con la ONG que impulsa la demanda) escucharon las intervenciones de representantes de dos instituciones universitarias públicas (el rector de la Universidad de José C. Paz y el director del Centro de Estudios en Derecho y Economía de la UBA), de diez entidades de la sociedad civil y de cinco particulares con distintas trayectorias de participación en espacios de lo público (como el abogado que en 2004 motivó el cierre de la muestra de León Ferrari en el Centro Cultural Recoleta y otro abogado que abordó casos de discriminación desde el Inadi). Atenta a las ponencias, en la sala estuvo la ministra de Educación de Salta, Analía Berruezo. También marcó presencia el director del Colegio Nacional Buenos Aires, Gustavo Zorzoli.
El proceso continuará hoy, con una tanda de dieciocho expositores (ver aparte), cada uno de ellos presentado, también, como amicus curiae en la causa iniciada por un grupo de madres que presentó un pedido de amparo colectivo contra el Estado salteño, por la aplicación de la ley de educación provincial.
Desde poco después de las diez de la mañana y ante una sala colmada, los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda (Carlos Rosenkrantz se excusó porque formó parte de la Asociación por los Derechos Civiles –ADC–, que impulsa la demanda; llegado el caso de que sea necesario desempatar la resolución final, votaría en su lugar un conjuez) escucharon las presentaciones de una jornada en la que destacaron con claridad las diferencias entre sectores religiosos y fuertemente confesionales católicos y cristianos. Mientras que oradores vinculados a espacios que operan como think tank católico (como la Universidad Católica Argentina, UCA) sostuvieron la constitucionalidad de la ley salteña y aseguraron, por momentos, que vetarla sería discriminar y perseguir a quienes profesan la fe (en un ejercicio cada vez más desarrollado de apropiación de los discursos de las minorías), dos expositores de espacios cristianos se desmarcaron y pidieron que fuera declarada inconstitucional. En ambos casos, coincidieron en señalar la desigualdad y la discriminación que valida la ley salteña, un argumento que también sostuvieron la presidenta de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), Dalile Antúnez, y el representante del Instituto Laico de Estudios Contemporáneos de Argentina, Sebastián Sfriso.
“Hoy los argentinos estamos debatiendo otra vez si en las escuelas estatales debe impartirse o no educación religiosa confesional. Como si el rebote en la historia hubiera vuelto al siglo XIX, la Corte de Salta ha avalado esa posibilidad, partiendo de algo que nos parece inadmisible: dijeron los jueces que la Nación argentina estaba estructurada jurídicamente como nación confesional. A nosotros nos parece que no es posible cuestionar más la necesidad de separación de la Iglesia y el Estado”, objetó al promediar la audiencia el abogado Gustavo Grancharoff, de la Asociación Bautista Argentina, quien poco antes había repasado los hitos del debate por la ley 1420, la postura del pastor bautista Santiago Canclini tras el decreto de educación religiosa de 1943 (que dio lugar, en 1947, a la ley por la cual se incorporaba la educación religiosa en las escuelas públicas) y las de Arnoldo Canclini en los años 50, durante los debates de laica o libre. La discusión sobre la ley de educación salteña, dijo Grancharoff, “debiera ser resuelto sin perder nunca de vista cual es la realidad actual de la educación en las escuelas de Salta”. “El programa de educación religiosa no es neutral ni objetivo, sino confesional, y por serlo su ejecución requiere que los niños no creyentes o de minorías religiosas sean separados del cuerpo principal. Esta separación es el test más concluyente de inconstitucionalidad, porque separar es discriminar. Separar a niños en distintas aulas por motivos religiosas es una afrenta a la dignidad personal. Los evangélicos la conocemos porque la hemos padecido entre junio de 1943 y mayo de 1955”, añadió. Esa separación, advirtió luego, es una discriminación que va en contra de la obligación del sistema educativo “de capacitar a todas las personas para vivir en una sociedad libre”, porque “forma ciudadanos de tercera clase, entrenándolos desde la infancia a ocupar roles socialmente subalternos en la vida adulta, como si ese fuera su destino por pertenecer a una minoría”.
A su turno, Ruth Galíndez, en nombre de la Asociación Argentina de los Adventistas del Séptimo Día, hizo foco en el requisito según el cual los adultos responsables de niñas y niños que concurren a escuelas públicas salteñas deben explicitar cuál es su religión, y si quieren o no que las niñas y niños a su cargo participen de las clases de educación religiosa. “Cuando un padre está obligado a sacar de la esfera de la privacidad algo tan íntimo como las creencias religiosas y a exponer a discriminación por no profesar la religión católica, esa norma no resiste análisis de constitucionalidad. La Corte de Salta sostuvo que la falta de enseñanza católica en la escuela pública perjudicaría a los niños carentes de recursos, que no pueden asistir a una escuela privada. ¿Y qué pasaría con los niños carentes de recursos que pertenecen a una minoría religiosa? ¿No se verían perjudicados? ¿O deberían renunciar a sus creencias y ser educados en principios de una religión diferente a la propia?”, añadió Galíndez, quien al comenzar había advertido que los adventistas son “una minoría religiosa y en ocasiones estamos sometidos a discriminación”.
Entre quienes defendieron a ultranza la ley de educación salteña y aseguraron que es constitucional, los argumentos oscilaron entre la defensa de un Estado confesional y aun pluriconfesional (como ensayó el abogado cordobés Jorge Horacio Gentile, quien también se preguntó “¿quién ha dicho que el Estado argentino es laico?”), la afirmación de que la educación y el espíritu crítico no están reñidos con la enseñanza religiosa (“porque la educación necesita de la fe y de la razón”, sostuvo el ex secretario de Culto Norberto Padilla; “la educación integral requiere que se desarrolle la educación religiosa que pertenece al universo mental y existencial del niño”, dijo el cura Ernesto Eric Hermann, rector del Colegio San José de Calasanz) y la idea de que la educación religiosa fomenta la tolerancia (como dijo el abogado Juan G. Navarro Floria, colaborador frecuente de la revista Criterio y vinculado al lobby por la ley de Estado pluriconfesional, llamada “de libertad religiosa”). En ocasiones, el argumento rozó lo visceral, como en la presentación del abogado Gabriel Maino, quien advirtió sobre “el tenebroso enemigo de nuestra forma de vida (la democracia), que es el totalitarismo”, algo encarnado, según explicó, en quienes presentaron el amparo colectivo.
Algunos argumentos recalaron en la influencia de la geografía sobre las sociedades y la diversidad cultural. “Yendo en el subterráneo, uno puede encontrarse con una diversidad cultural enorme, claro que los salteños no tienen esa posibilidad porque no tienen subterráneo. Deben recorrer a caballo muchos kilómetros para ir a la escuela”, observó Nicolás Fernando Mayoral, representante de la Asociación Civil Ojo Ciudadano. “Qué bueno hubiera sido que se hiciera esta audiencia en Salta”, añadió.