Catamarca podría tener una de las normas contra la violencia de género provinciales más completas. A través de modificaciones en la ley 5.434 de Violencia Familiar y de Género, un proyecto presentado por el bloque de diputadas del Frente de Todos, quiere incluir en la norma la violencia digital. También ordenar celeridad en la administración de las causas y dictar un régimen de alimentos provisorios para las sobrevivientes de violencias.
En diálogo con Catamarca12, María Argerich, una de la iniciadoras del proyecto comentó que la ley 5434 desde que se creó en 2015 “trabaja mucho lo que es la violencia intrafamiliar y la creación del fuero de violencia. Solo en el artículo 3 explica que se basa en lo que dice la ley nacional 26485 (De Erradicación de todos los tipos de violencia contra las mujeres). Entonces entendimos que es una ley que había que aggiornarla”.
De esta manera, la media sanción en Diputados de la Nación a la ley contra la violencia digital conocida como Ley Olimpia, fue el disparador para incorporarla a la normativa provincial y de esta manera también aprovechar para reformular otros artículos.
“Una de las cosas que vimos que era necesario, fue tener incorporados los tipos y modalidades de violencias. Así, además de las que ya fueron incorporadas a la normativa nacional, como la violencia política, también hacerlo con violencia digital y que esto salga lo más rápido posible”, aclaró.
Además, se propone capacitación en TIC. “La Ley obliga a hacer diferentes capacitaciones a los agentes que traten con víctimas de violencia, entonces ya que incorporamos a la digital, es necesario que se capacite en el buen uso de la tecnología”, dijo.
Por otra parte, señaló que el proyecto incluye dos modificaciones más que resultarían trascendentes para la erradicación de la violencia de género. La primera, que todo el trámite que tenga que ver con el proceso de denuncia sea sumarísimo, para evitar cualquier tipo de revictimización.
La segunda cuestión es que la cuota alimentaria también tenga procesos sumarísimos. “En Catamarca, los Juzgados de Familia aún no dictan cuotas alimentarias provisorias en este sentido y eso es lo que buscamos, que todo sea más rápido y siempre a favor de la mujer víctima de violencia”, concluyó.
El proyecto
En sus argumentos , el proyecto propone que las modificaciones “consisten en ampliar los tipos y modalidades de violencia contemplados en la ley, incorporando aquellas que se producen más allá del estricto seno familiar, es decir, contemplando las que ocurren en el ámbito de las relaciones interpersonales en general y, a su vez, actualizar la norma ya establecida no sólo incorporando a las demás diversidades de identidad y de género, sino a las nuevas modalidades de violencia que traen aparejado el mal uso de los avances tecnológicos, como es el caso de la Violencia Digital”.
Propone en su artículo 10 el “Principio de sumariedad”. Es decir que todos los procedimientos y acciones administrativas, asistenciales y judiciales que se implementen para la atención, contención y resolución de casos de violencia familiar y de género son sumarísimos y deben garantizar la celeridad y eficacia en el abordaje de la problemática. Asimismo deberá procederse al resguardo diligente y expeditivo de la evidencia digital por cuerpos de investigación especializados.
Por último, establece con carácter provisional, “el régimen de alimentos a favor de la mujer víctima de violencia familiar y de sus hijos menores, así como la tenencia y el régimen comunicacional de los niños, niñas y adolescentes, y hasta tanto resuelva en forma definitiva el Juzgado de Familia”.