Con la desaparición de Santiago Maldonado en la comunidad Pu Lof en Resistencia (Cushamen, provincia de Chubut), la cuestión de los pueblos originarios y su acceso a la tierra, reconocido por la Constitución, devela una de las deudas pendientes de los sucesivos gobiernos.
Según un informe de la Auditoría General de la Nación (AGN), los juicios por la tenencia de los predios en disputa llevan hasta 17 años de litigio. Inclusive, un conflicto en la provincia de Salta tiene más de 30 años de trámite judicial. El trabajo fue realizado sobre la gestión del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), cuyos expedientes tenían –todos- más de 10 años de demora.
El organismo de control narró un conflicto que superó 30 años sin solución. Se trata del reclamo de las comunidades Wichi, Chorote, Chulupi, Tapiete, Toba, y de varias familias criollas, por la propiedad de lotes que se encuentran en la zona del Río Pilcomayo, en Salta. El pedido de estas comunidades comenzó en 1984 y, si bien en 1990 la provincia se comprometió a ceder las tierras, nunca se concretó el traspaso de dominio. Es más, finalmente la Gobernación planificó la construcción de un puente sobre el río, que afectó una de las poblaciones.
El caso llegó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a través de la Asociación Civil Lhaka Honhat. En 2006, la CIDH hizo lugar al planteo y reconoció el derecho territorial de las comunidades. Recién en 2013, el INAI y el Ministerio provincial de Derechos Humanos firmaron un convenio para actualizar la información de las personas asentadas en la zona, promover la participación y llegar a un acuerdo de propiedad comunitaria. Un año después, el gobierno provincial reconoció por decreto la propiedad de los pueblos originarios y criollos sobre las 643 mil hectáreas.
Sin embargo, según los auditores, “esta regularización formal, en la práctica, no concluyó el problema porque hay conflictos en la asignación de sectores dentro del condominio indiviso que se otorgó”.
“Esto dejó en evidencia las dificultades que tienen las comunidades indígenas en hacer valer sus derechos sobre las tierras que habitan. El caso llevó 30 años y aún no se agotaron los conflictos”, indicaron.
Frente a este panorama, el organismo de control -que aprobó su trabajo este año sobre datos recabados entre 2012 y 2013- concluyó que “el INAI tiene limitadas sus facultades para llevar a cabo la función que se le asignó en la Ley 26.160 (de comunidades indígenas), dado que recién pudo actuar cuando hubo acuerdo” entre la Provincia, la Nación y los propios pueblos originarios.