La Unidad Fiscal integrada por la fiscala Lorena Martínez y los fiscales Rafael Medina y Pablo Cabot, convocó a una conferencia de prensa en la ciudad de Tartagal para actualizar información de la causa en la que se investiga la sustracción de una beba del Hospital de esa ciudad y "realizar aclaraciones que se consideran necesarias ante la difusión de información errónea o inexacta".

La conferencia, que se hizo luego del levantamiento de la reserva de las actuaciones, comenzó con la lectura del artículo 263 del Código Procesal Penal de Salta, sobre la oportunidad en que jueces y fiscales "podrán informar a la prensa" y establece que "Durante toda la investigación podrán formular aclaraciones ante la divulgación de informaciones erróneas o que no se correspondan con los trámites cumplidos". 

El fiscal de Tartagal Rafael Medina, que intervino desde que se denunció la sustracción de la recién nacida, el 14 de julio último, hizo un relato cronológico de las diligencias realizadas hasta que la niña fue encontrada en el asentamiento Roberto Romero ya en la medianoche de ese mismo día, a partir de la advertencia de un vecino.

Después el fiscal penal de Tartagal Pablo Cabot se refirió a la conformación de la Unidad Fiscal junto a la fiscala penal de Violencia Familiar y de Género Lorena Martínez con el fin de optimizar la investigación y habló del análisis de las cámaras de seguridad públicas y privadas que se realizó para tratar de dar con las personas que sustrajeron a la beba. Según viene sosteniendo la Unidad Fiscal, esos videos permitieron dar con una mujer que se llevó a la beba de la sala de Pediatría del Hospital Juan Domingo Perón de Tartagal.

El fiscal aclaró que la única parte “editada” del material que se dio a conocer públicamente, es un pixelado sobre el rostro de la niña, hecho con el fin de preservar sus derechos. Y fue enfático en destacar que los videos del Centro de Video Vigilancia cuentan con medidas de seguridad que impiden su manipulación. Aunque no lo dijo expresamente, de esta manera respondió al abogado Rambert Ríos, que representa a la familia de la nena en la querella. Ríos había sembrado dudas sobre estos videos. 

En la conferencia de la Unidad Fiscal se proyectaron algunas de las filmaciones incorporadas a la causa y sobre ellas Cabot fue realizando las aclaraciones.

Respecto a un video perteneciente a la cámara de seguridad de una vivienda particular, difundido recientemente en medios de comunicación, destacó que inmediatamente después de tomar conocimiento de su existencia, se constituyó en el domicilio personal de la Brigada de Investigaciones y que sus residentes se negaron a entregar el DVR correspondiente, por lo que debió pedir una orden de allanamiento y secuestro.

Al analizar esta filmación el equipo de investigación determinó un desajuste horario de 36 minutos (el video marca que se tomó a las 19.54 cuando en realidad fue a las 20.30). El fiscal dijo que esta constatación se realizó en presencia del propietario, quien firmó el acta correspondiente.

El fiscal señaló que además el informe pericial indica que las cámaras tienen sistema infrarrojo, lo que hace que las imágenes se registren en dos colores, lo que provoca que haya diferencias en la percepción de los colores de la ropa de la mujer captada.

Añadió que el análisis de una gran cantidad de horas de filmación en cámaras de seguridad, públicas y privadas, la Unidad Fiscal concluyó que "existen elementos para afirmar que no se trata de dos personas distintas, sino de una única persona captada en las filmaciones incorporadas a la causa y que no existe ninguna discordancia respecto a los horarios de registro".

Finalmente, la fiscala Lorena Martínez sostuvo que tras la aparición con vida de la niña sustraída, que era el objetivo fundamental, la investigación continuó su curso con el propósito de reunir elementos que permitieran individualizar al autor o autora del hecho y a eventuales partícipes.

Recordó que en la causa hay una mujer de 25 años imputada en forma provisional como autora del delito de sustracción de menores de edad), previsto en el artículo 146 del Código Penal. Esta mujer, integrante del Pueblo Wichí, está detenida.