El Tribunal Oral Federal N° 2 de Salta condenó a Karla Yoselín Mamani Aguilar a diez años de prisión por "trata de personas con fines de explotación laboral bajo la modalidad de traslado y agravado por el número de intervinientes, la cantidad de víctimas, su condición de minoridad y el estado de vulnerabilidad, en calidad de coautora". 

El Tribunal, integrado de forma unipersonal por la jueza Gabriela Catalano, dispuso que la modalidad de cumplimiento de la pena sea bajo la modalidad de arresto domiciliario debido a que Mamani Aguilar, de 26 años de edad, tiene a su cargo dos hijos menores de edad, situación por la que se impone tener presente el interés superior del niño.

La condena es la primera impuesta por esta clase de delito en la provincia desde la implementación del sistema acusatorio previsto en el Código Procesal Penal Federal en Salta y Jujuy, el 10 de junio de 2019.

Además, como lo había planteado la fiscalía, la jueza ordenó el decomiso de 50.000 pesos que fueron secuestrados a Mamani Aguilar y que serán depositados al “Fideicomiso de Administración de Fondos de Asistencia a las Víctimas de Trata”.

En el juicio, cuya sentencia se conoció la semana pasada, la fiscal federal subrogante Paula Gallo, explicó que habían arribado a un acuerdo con la defensa respecto a la responsabilidad penal de Mamani Aguilar, por lo que el debate se realizó con el objetivo de determinar la pena.

Gallo relató que las actuaciones se iniciaron el 27 de febrero pasado, a partir de un control realizado por personal de Gendarmería Nacional en el puesto El Naranjo, en Rosario de la Frontera, en el sur de la provincia de Salta.

Al verificar el documento de identidad de las personas pasajeras Mamani Aguilar expresó que no lo tenía, aunque aseguró que era oriunda de Bolivia y que se dirigía a Buenos Aires. A ello se le sumó que una joven de 17 años, que viajaba en el mismo colectivo, indicó que la ahora condenada era su tía y que viajaban juntas.

Por otra parte, otras dos adolescentes, de 16 años ambas, dijeron lo mismo y explicaron que iban a Buenos Aires a visitar a sus familiares, aunque ninguna de ellas tenía la autorización de sus padres y madres, ni tampoco las tarjetas migratorias.

Gendarmería informó de la situación a la fiscalía, que llevó adelante una investigación que permitió avanzar con la imputación penal a Mamani Aguilar, y por otro lado, se brindó asistencia integral a las adolescentes a la vez que se dispuso todo lo necesario para el retorno a su país de origen.

La fiscal hizo reseñó que la dueña de la empresa de transporte declaró que Mamani Aguilar compró los cuatro pasajes, y en esa circunstancia esta mujer dijo que eran para una cuñada y sus sobrinas.

Además, se pudo establecer que tres días antes, la misma pasajera había viajado desde Buenos Aires a la localidad de Aguas Blancas, en Orán, por la misma empresa. En ese momento, también expresó que iba a buscar a su cuñada y sus tres sobrinas.

Además, la fiscalía recordó que en las entrevistas que las adolescentes tuvierron con la psicóloga Verónica Olguín Rufino, del Área de Atención a la Víctima, se pudo establecer que todas estaban en un extremo estado de vulnerabilidad, ya que desarrollaban tareas manuales de extracción de minerales en un yacimiento minero en la ciudad boliviana de Potosí. Las chicas residían en condiciones precarias en un mismo cuarto y alejadas de la casa de sus padres y madres.

Ellas mismas revelaron en las entrevistas con la psicóloga que fueron captadas por la madre de Mamani Aguilar, quien les ofreció de manera insistente llevarlas a trabajar a Buenos Aires en un taller textil, donde su jornada laboral sería de 7 a 22, de lunes a sábado y con una ganancia de 75 mil pesos por semana. Ademmás, las personas que las captaron les prometieron a las adolescentes el hospedaje y alimentos sin cargo.

De acuerdo con lo expuesto por la fiscalía, de la captación también participó el marido de la madre de la acusada, ya que se encargó de trasladar a las jóvenes en un vehículo hasta la localidad de Tarija, en Bolivia. Allí Mamani Aguilar se reunió con su madre, recibió a las tres adolescentes y pasó la frontera hacia Argentina, cruzando el río Bermejo en chalanas.

El ingreso se hizo de manera ilegal, por eso no contaban con la tarjeta migratoria. Esa habilitación no se podía tramitar sin la autorización de las madres y padres de cada una de las menores de edad, a quienes obligaron a sostener que Mamani Aguilar era su tía y que iban juntas a Buenos Aires a visitar a sus parientes.

La fiscal Gallo reveló que, del registro migratorio analizado, se advierte que el último ingreso legal de Mamani Aguilar fue en 2018, y añadió que esto sustenta la hipótesis de que el reingreso fue por un paso no habilitado, tal como lo contaron las adolescentes. Asimismo, la fiscal señaló que la investigación continúa respecto a las personas que captaron a las chicas, que aún no fueron localizadas. 

La fiscalía también destacó la "oferta laboral" hecha a las tres adolescentes y señaló que a pesar de que la ley 20.744 de Contrato de Trabajo establece una jornada laboral de 48 horas a la semana, el ofrecimiento a las tres adolescentes ascendía a 90. Y consideró que con esto quedó reflejado el fin de explotación laboral de la maniobra delictiva.

Por su parte, la defensa reconoció la responsabilidad penal de Mamani Aguilar y lo mismo hizo la mujer cuando fue consultada por la jueza. Al momento de determinar la pena, la fiscalía solicitó 10 años de prisión efectiva, el mínimo exigido dado los cuatro agravantes por los que se declaró responsable a la acusada.

Al margen de ello, y tomando la declaración de una testigo que visitó a los dos hijos de la acusada tras su detención, la fiscal entendió que el cumplimiento de la pena debía ser en arresto domiciliario, pues los niños estaban en condiciones de abandono y no tenían a otros familiares que pudieran ocuparse de ellos. La jueza coincidió con la postura y ordenó que la pena se cumpla bajo esa modalidad.