El Tribunal Oral Federal (TOF) de General Roca, en Río Negro, dio inicio al juicio que sigue a cinco integrantes del grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina por el asesinato del joven mapuche Rafael Nahuel, ocurrido el 25 de noviembre de 2017, en Villa Mascardi, Bariloche. El fiscal subrogante Rafael Vehils Ruiz pidió que los imputados sean detenidos, al considerar que existe "riesgo procesal" de una posible fuga. Sin embargo, el presidente del Tribunal, Alejandro Silva, informó que los magistrados resolvieron por unanimidad rechazarlo, porque los acusados "han estado siempre a derecho”. El planteo había sido acompañado por las querellas ejercidas por los abogados de la familia de Nahuel, la APDH Bariloche y la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.
"La expectativa de la Secretaría es que lleguemos a y a partir de ahí ir bajando la repetición de este tipo de hechos", dijo a Página/12 Mariano Przybylski, director Nacional de Políticas contra la Violencia Institucional de ese organismo. "En función de lo que hay en el expediente y de la prueba recolectada sería justa una condena a los cinco prefectos como coautores del homicidio calificado por ser miembros de una fuerza de seguridad", agregó. Para la Secretaría se trató de un homicidio calificado, dado que no hubo por parte de los prefectos una "legítima defensa", sino una actuación que desbordó "todos los límites de los cánones legales de acción ante una situación como la sucedida".
En la sala de audiencias estuvieron presentes los padres de Rafael, Alejandro Nahuel y Graciela Salvo, junto a su hermano. “Ellos tienen recursos, plata, pero no vinieron. Sí fueron a Bariloche a matar a Rafita, pero ahora no quieren dar la cara en el juicio”, lamentó la madre de Rafita. Afuera, en una plaza céntrica de General Roca, integrantes de organizaciones y comunidades mapuche se manifestaron en reclamo de justicia.
Por su parte, el vocero de la Coordinadora del Parlamento Mapuche Tehuelche de Río Negro, Orlando Carriqueo, aseguró "se está juzgando a un Estado racista que mató a un joven que luchaba por sus derechos y por su identidad". Carriqueo cuestionó el tiempo transcurrido desde el asesinato hasta el desarrollo del juicio, así como el lugar elegido para su realización. "Hacer el debate de esta causa a 600 kilómetros de Bariloche, implica una violación al derecho de participar de mucha gente mapuche que quería acompañar a la familia para protestar por este asesinato", apuntó.
La causa FGR 027423/2017 caratulada "Pintos, Francisco Javier y otros sobre homicidio simple, usurpación y atentado agravado a mano armada", de la cual es querellante Alejandro Nahuel, padre de Rafael, tiene como procesados al cabo primero Cavia por el delito de "homicidio agravado cometido en exceso de legítima defensa" y a los otros cuatro integrantes del grupo Albatros como "partícipes necesarios" del hecho.
Pantalla apagada
En tanto, los cinco imputados --Sergio Cavia, Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio García-- participaron de la audiencia en forma virtual, conectados a través de la plataforma Zoom. Luego de la lectura del requerimiento de elevación a juicio, el abogado Rubén Marigo, uno de los representantes de los padres de la víctima, planteó al Tribunal que se exija a los imputados y al abogado defensor de tres de ellos, Marcelo Hugo Rocchetti, "estar presentes en la sala de audiencia", ya que durante toda la jornada de la mañana mantuvieron sus cámaras de Zoom apagadas. "Debemos tener garantías que están presentes, para evitar futuras nulidades", explicó.
Además, Marigo reiteró el pedido para que el juicio se traslade a San Carlos de Bariloche, a 600 kilómetros de General Roca, ciudad fijada para las audiencias por ser la sede del Tribunal Oral Federal. "Los padres, las querellas y las víctimas se ven obligadas a viajar todas las semanas por esta disposición", planteó.
Finalizada la primera parte de la audiencia, en la puerta del Tribunal los padres de Rafael Nahuel y sus abogados se dirigieron a las comunidades mapuche, organizaciones políticas, sindicales y de derechos humanos: “Queremos verlos cara a cara. Acá estamos nosotros, viajamos desde Bariloche y estos cobardes no están”, señaló Alejandro Nahuel, padre de Rafael.
Ciento treinta balas de plomo
El día del asesinato, miembros del grupo de élite Albatros que integraban los acusados, armados con pistolas Beretta 9 milímetros y subfusiles MP5, se topó territorio adentro con integrantes de la comunidad. Según se desprende de la instrucción de la causa, tras dar la voz de alto y arrojar una bomba disuasoria, recibieron piedrazos como respuesta y comenzaron a disparar, primero con munición no letal, luego con balas de plomo. En total realizaron 130 disparos.
Nahuel recibió por la espalda un disparo con un proyectil 9 milímetros realizado con un subfusil MP5, que ingresó por su glúteo izquierdo. La Prefectura cumplía una orden del por entonces juez subrogante del Juzgado Federal de Bariloche, Gustavo Villanueva, quien requirió que se asegure el perímetro del territorio en disputa entre la comunidad y Parques Nacionales, que había sido desalojado dos días antes, y en el que fueron detenidas cinco mujeres de la comunidad. El magistrado había dado la orden de desalojo a partir de una denuncia por "usurpación" realizada el 17 de noviembre por parte del Parque Nacional Nahuel Huapi. La comunidad Lafken Winkul Mapu, había anunciado a principio de ese mes la "recuperación" de unas 10 hectáreas -de las 710 mil que posee el Parque Nacional Nahuel Huapi- en esa zona de Villa Mascardi. Una semana más tarde se produjo el desalojo y la posterior incursión de los Albatros que terminó con la muerte de Rafael Nahuel.