Entre julio y septiembre los empleados de comercio cobran un aumento total en sus sueldos del 27 por ciento, según lo acordado entre representantes sindicales y las cámaras empresarias en la negociación paritaria firmada a fines de julio. La mejora se paga en tres tramos del 7,5 por ciento cada uno. Sin embargo, el Secretario General del gremio, Armando Cavalieri, quiere reabrir la discusión la semana que viene.

Así, más de un millón de trabajadores de comercio comenzaron a percibir los incrementos escalonados, establecidos para julio, agosto y septiembre, de 7,5 por ciento mensual en carácter de "sumas no remunerativas".

En principio, la partitaria se iba a reabrir en septiembre, pero este viernes la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios informó que el titular, Cavalieri, había convocado a las cámaras empresariales del sector para "adelantar la discusión".

La Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (Udeca) son las convocadas para la semana que viene para plantear "una actualización en los haberes de sus afiliados en función de no perder su poder adquisitivo ante la inflación", dijeron.

¿Cómo quedan las escalas de empleados de comercio en septiembre?

Los aumentos pactados van a figurar en el recibo de sueldo como no remunerativos hasta octubre de 2023, cuando van a incorporarse a las escalas de los salarios básicos convencionales correspondientes a cada categoría. Las escalas salariales de septiembre quedaron conformadas de la siguiente manera:

Maestranza

  • Categoría A: $264.190,20
  • Categoría B: $264.955,01
  • Categoría C: $267.634,51

Administrativos

  • Categoría A: $267.060,91
  • Categoría B: $268.210,13
  • Categoría C: $269.358,01
  • Categoría D: $272.803,66
  • Categoría E: $275.674,37
  • Categoría F: $279.885,49

Cajeros

  • Categoría A: $268.017,58
  • Categoría B: $269.358,01
  • Categoría C: $271.080,83

Auxiliares

  • Categoría A: $268.017,58
  • Categoría B: $269.931,61
  • Categoría C: $276.248,64

Auxiliares especializados

  • Categoría A: $270.315,36
  • Categoría B: $273.760,34

Vendedores

  • Categoría A: $268.017,58
  • Categoría B: $273.761,01
  • Categoría C: $275.674,37
  • Categoría D: $279.885,49

Además, se debe adicionar a este importe el 1 por ciento por año trabajado —suma que debe aplicarse a las cifras remunerativas y no remunerativas—, en tanto que para el presentismo, las cifras remunerativas y no remunerativas deberán ser aumentadas con la asignación complementaria establecida por el artículo 40 del convenio colectivo 130/75.

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