La ceremonia de despedida de los restos Silvina Luna, la actriz y conductora que falleció este jueves debido a una insuficiencia renal que arrastraba desde 2011, fue suspendida a partir de una orden judicial que solicitó el traslado del cuerpo a la Morgue Judicial para realizarle una autopsia, y así poder establecer la causa de la muerte.
El evento iba a realizarse en el Panteón de Actores del Cementerio del barrio porteño de Chacarita, según informó en un comunicado este jueves por la noche la Asociación Argentina de Actores y Actrices en sus redes sociales.
Tras un pedido del fiscal Sandro Abraldes, a cargo de la Fiscalía N° 29 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional, el juez Carlos Rengel Mirat ordenó a las autoridades del Hospital Italiano, donde Luna estuvo internada desde el 13 de junio, que el cuerpo sea trasladado a la Morgue Judicial para la eventual la autopsia en estas horas.
En tanto, los restos de la conductora de TV serán preservados en la morgue "hasta tanto el magistrado interviniente en una posible denuncia de un delito de acción pública, disponga las medidas que estime pertinente o hasta nueva indicación por parte del suscripto", indicó Abraldes.
El pedido del funcionario público fue realizado en el marco de la causa donde se condenó al medico Aníbal Lotocki a cuatro años de prisión por las lesiones graves que sufrieron Luna y por otras tres mujeres al tiempo de realizarse unas intervenciones estéticas en su consultorio. La causa se encuentra caratulada como "Lotocki, Aníbal Rubén, por lesiones graves en concurso real con estafa, lesiones graves y lesiones graves reiteradas en dos oportunidades, delitos que concurren en forma real entre sí".
"El resultado muerte provocado importa una 'situación nueva' en la sustanciación de este proceso penal que amerita el aseguramiento de los presupuestos de realización de dicha práctica, en procura de la máxima consolidación de la teoría del caso de la Fiscalía en el recurso de casación que actualmente se encuentra en trámite", afirmó.
En tanto, Abraldes sostuvo que "dentro de las incumbencias del proceso penal se encuentra la de lograr una adecuada reparación a las víctimas por los daños ocasionados como consecuencia del hecho punible".
Por este morivo, calificó de "imperiosa" la recolección de pruebas para la "proyección que desde el ámbito científico podrían tener las conclusiones que se obtengan" a partir de la autopsia de Silvina Luna y de otros estudios complementarios "en la salud de las otras tres personas damnificadas que existen en estas actuaciones: Gabriela Nilda Trenchi, Pamela Sosa y Stefanía Belén Xipolitaxis".