“La ausencia de firma de profesional médico que asistió al parto imposibilita tener perfecto el documento y, por ende, excluye la tipicidad de la conducta endilgada”. Con esta parte del decreto de sobreseimiento del ginecólogo Marcelo Cornejo, su abogada, Sarah Esper, afirmó que el médico nunca firmó un documento y por ello no se lo condenó por falsificación de instrumento público.

La abogada dio esta y otras explicaciones al ejercer su derecho a réplica tras las declaraciones vertidas por la médica Miranda Ruiz, quien en relación al sobreseimiento del ginecólogo, consideró que la administración de justicia aplicó una doble vara, una para la causa en la que la investigada fue ella y otra para investigar denuncias contra Cornejo. En su caso, recordó Ruiz, la justicia la detuvo y la encausó luego de que realizara una interrupción legal del embarazo (ILE). Cornejo estaba de guardia cuando la gestgante que accedió a la práctica expulsó el feto. Ruiz sostuvo que este médico fue quien dictó los “datos de (la prueba) Apgar” al técnico en identificación Brian Chavarría, quien elaboró un certificado que se utilizó luego para encausarla. Esos datos indicaban que el feto había nacido con vida, lo que se comprobó que no era cierto.

“No existe indicio alguno de que mi representado consignara datos falsos” en la historia clínica de la gestante, respondió Esper en un escrito que hizo llegar a Salta/12. Sumó que el documento que provocó la imputación de la médica “no incidió de forma alguna en la denuncia interpuesta en su contra, toda vez que, de haber sido ello verdad" Ruiz "habría sido investigada por homicidio y no por aborto sin autorización de la gestante”.

Esper defendió el cuestionamiento del procurador general, Pedro García Castiella, de continuar la investigación a raíz de los “datos Apgar” consignados en la ficha de recepción de recién nacido, “la cual formaba parte de la historia clínica a la que Miranda Ruiz describe como perfectamente escrita y sellada por todo el equipo de trabajo”. Afirmó que al ser la de su defendido una imputación “por vía incidental”, no dentro del “cuerpo principal” de la causa, “nunca pudimos acceder al total de las investigaciones llevadas a cabo en torno a la imputación” sobre la médica.

Asimismo, aseguró que “la única persona que asistió al aborto en cuestión, fue Miranda Ruiz”, y afirmó que su defendido no podía saber si hubo o no vida tras la expulsión generada por la ILE.

También aseguró que Cornejo “no tiene ningún vínculo de amistad con” el fiscal penal N° 2 de Tartagal, Rafael Medina, quien en su momento actuó en la causa y luego se apartó. Ruiz había indicado que el apartamiento del letrado fue por su manifiesta amistad con Cornejo.

Abuso y pedido al INADI

Uno de los puntos que resaltó Ruiz en sus declaraciones fue la acusación contra Cornejo por el presunto abuso sexual a una menor de edad a cambio de que le posibilitara acceder a un aborto clandestino.

Esper respondió a este señalamiento afirmando que “en el marco de las investigaciones seguidas en contra del doctor Marcelo Cornejo por el supuesto delito de abuso sexual simple... dicha menor, al momento de prestar declaración en circuito cerrado de televisión, claramente desincriminó a mi defendido; aunque si manifestó incomodidad al momento de haber mantenido una entrevista con la doctora Miranda Ruiz”. Afirmó que “el resto de las pruebas incorporadas, lo único que hacen es desestimar, en todo, la denuncia interpuesta” contra su defendido. En esta causa el Ministerio Público Fiscal ya requirió que el médico sea juzgado. 

Por otro lado, Esper solicitó públicamente al INADI actuar contra Ruiz al sostener que los términos vertidos por el juez Luciano Martini al momento de sobreseerla “en nada se vinculan con que ella sea blanca y bonaerense, por lo que, claramente, la médico en cuestión no hizo más que lanzar expresiones discriminatorias al momento de expresar: 'Pienso que, si no fuera médica, blanca y bonaerense, seguramente seguiría padeciendo la persecución judicial', expresiones, estas (sostuvo la abogada) de corte netamente discriminatorias que debieran ser valoradas por, al menos, el INADI”. En el punto siguiente, Esper sostuvo que “si Miranda Ruiz se auto-cataloga ciudadana de Tartagal, no se entiende por qué, renglones arriba de su carta abierta, se auto describe como médica, blanca y bonaerense”.

La abogada también adelantó que por las expresiones de Ruiz pedirá al Tribunal de Ética del Colegio Médico que inicie de oficio actuaciones contra la profesional.