El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó a Italia por no reconocer los lazos de filiación de una niña nacida mediante gestación subrogada en Ucrania, y obligó a indemnizar a los padres de la menor -nacida en agosto de 2019- con 15.000 euros por daños morales a la niña y 9.536 euros por costas judiciales.
La pareja italiana se había enfrentado a negativas para registrar a la menor tanto de la Justicia como del Registro Civil de Italia. Como consecuencia de la negativa a reconocer la filiación, la niña tuvo que vivir en un estado de incertidumbre sobre su identidad y fue considerada apátrida en Italia.
En su sentencia, los jueces del TEDH subrayaron que el país violó el derecho de la menor a una vida privada y familiar al no haber tomado una decisión rápida respecto a su filiación o una solución alternativa. Y estableció que debieron al menos haber reconocido la paternidad del padre biológico y que la madre podría haber optado por la adopción como una vía para establecer un vínculo familiar con la niña.
El TEDH recordó además que el Convenio Europeo de Derechos Humanos con su artículo 8 sobre el derecho a la vida familiar exige que, aunque cada país puede decidir si legaliza o no la gestación subrogada, debe ofrecer una posibilidad para reconocer el vínculo entre un niño nacido de un vientre subrogado y el padre de intención cuando es el biológico.
La gestación subrogada es ilegal en Italia y se castiga con penas de cárcel de hasta dos años y multas de hasta un millón de euros a "quien, en cualquier modo, realice, organice o patrocine la comercialización de gametos o embriones".
Actualmente hay un proyecto de ley en el Parlamento propuesto por la coalición de derechas que gobierna el país para penalizar incluso a los ciudadanos italianos que la practiquen en el extranjero. En concreto, promueve la criminalización de quienes recurran a esa práctica reproductiva por fuera de las fronteras italianas, para volverla "un delito universal".
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