El Ministerio de Economía anunció este lunes el aumento en el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, y precisó que este nuevo piso representa a la equivalencia de 15 Salarios, Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM).

En julio pasado, el Consejo del Salario aprobó por mayoría un aumento del SMVM del 34% en tres tramos (julio a septiembre), lo que elevó ese ingreso a 105.500 pesos este julio, a 112.500 en agosto y a 118.000 pesos en septiembre.

Como la medida de ganancias recién impactará a partir del 1º de octubre -a través de un decreto-, la cuenta de $118.000 por 15 salarios mínimos da un total de $1.770.000. Por ende, todos los sueldos por debajo del mencionado resultado no tributarán el mencionado impuesto.

De esta manera, quedarán exentos los empleados de cuarta categoría, es decir, empleados en relación de dependencia y jubilados (800.000 trabajadores).

En tanto, lo tributarán los CEO, gerencias, subgerencias, puestos calificados y jubilaciones y pensiones de privilegio, que lo representan 90.000 contribuyentes, el 0,88% de los trabajos registrados del país.

El proyecto de ley que se enviará a diputados

El titular de Hacienda y candidato a presidente, Sergio Massa, detalló que también se enviará un proyecto de ley al Congreso para que se haga efectiva la medida, a pesar del decreto.

En este sentido, la iniciativa plantea que el Impuesto a las Ganancias (cuarta categoría) cambie de nomenclatura por la de impuesto a los "Mayores Ingresos".

El nuevo mínimo no imponible se ajustaría en enero y julio de cada año -según establece el proyecto de ley-, y mantiene el beneficio del 22% de zona desfavorable.

También se eliminarán distorsiones de las deducciones personales y generales que obligan al trabajador a estar pendiente de cuestiones administrativas.

La propuesta para que dejen de pagar el impuesto a las ganancias cuarta categoría los trabajadores y jubilados requiere de una ley, ya que además de ser materia tributaria es un impuesto de ejercicio “anual”, por lo que debería comenzar a tener efectos a partir del 1º de enero de 2024.

Ganancias: los sectores más beneficiados

  • Industria Manufacturera (19,13%)
  • Defensa, Seguridad, Enseñanza Pública y Administración pública (14,50%)
  •  Intermediación Financiera y Servicios de Seguros (11,94%)
  • Comunicaciones (7,84%)
  • Servicios de Transporte y Almacenamiento (7,71%)
  • Enseñanza Privada (6,33%)
  • Comercio al por mayor y por menor (5,82%)
  • Prestaciones de Servicios (8,10%)
  • Suministro de Electricidad, Gas, Agua y Cloacas (5,06%)
  • Construcción (3,11%)
  • Salud y servicios sociales (2,91%)
  • Alojamiento y servicios de comida (0,90%)
  • Agricultura, Ganadería y pesca (0,65%)
  • Resto de actividades (0,20%).

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