Por la veda electoral, en Buenos Aires hay algunas actividades que quedan prohibidas desde las 8 de la mañana del viernes 20 de octubre y hasta las 21 del domingo 22 de octubre, tres horas después de la finalización de los comicios. Algunas prohibiciones comienzan en un momento más próximo a la apertura de la votación y otras se levantan en el momento mismo en que cierra el horario para votar.
La venta de cualquier clase de bebidas alcohólicas está prohibida desde las 20 del día anterior a la elección hasta las 21 del día en que se celebran los comicios.
A quien venda bebidas alcohólicas durante ese período le corresponde una pena de prisión de entre quince días y seis meses.
Qué pasa con quienes violan la veda electoral
Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral, y sancionados si la Justicia comprueba la falta.
Las penas establecidas para aquellos que violan la pena dependen del incumplimiento en el que incurran.
Qué cosas están prohibidas durante la veda electoral
Las reuniones de electoras y electores o el depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de los lugares de votación.
Los espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.
El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.
Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
Realizar actos públicos de proselitismo
Publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado.
Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.