El líder del movimiento golpista carapintada Aldo Rico jugó, durante la década de 1990, un papel en la escena público-mediática muy parecido al que por estos tiempos juega el candidato a presidente más votado del país, Javier Milei. Su número dos era Emilio Morello, militar retirado como él, entonces diputado nacional. Cuando se jubiló, el exdiputado se refugió en Bariloche, donde vivió hasta ahora: por orden del Tribunal Oral Federal (TOF) 2 de la Ciudad de Buenos Aires, que lo juzgó y condenó en 2022 por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar, fue trasladado a la unidad penal número 34 de Campo de Mayo.
Morello fue diputado en representación del Movimiento por la Dignidad y la Independencia (MODIN), que Rico fundó a fines de los 80, inmediatamente después de ser indultado por el el recién estrenado presidente Carlos Menem, quien le perdonó dos levantamientos carapintada contra el orden democrático. Cumplió mandato entre 1993 y 1997. Tras dejar la banca, se mudó a San Carlos de Bariloche, desde donde presenció el juicio de lesa humanidad en su contra y cumplió, hasta ahora, la condena a prisión perpetua que le impuso el tribunal.
El TOF 2 habilitó el beneficio para el represor del Regimiento de Infantería de Mercedes número 6 desde el momento en que lo condenó, en agosto de 2022, por su responsabilidad en homicidios agravados, secuestros y torturas durante la última dictadura cívico militar. La razón fue la misma excusa que Morello sostuvo desde 2017, cuando le fue ordenada la prisión preventiva en el marco de la investigación que llevó adelante el juez federal Daniel Rafecas por su rol en las violaciones a los derechos humanos durante el terrorismo de Estado: la salud mental de su esposa. Como la mujer, transitó una internación psiquiátrica en 1996, la defensa de Morello adujo que su presencia en la casa era necesaria.
A principios de esta semana, los jueces Rodrígo Giménez Uriburu, Jorge Gorini y Néstor Costabel –que reemplazó a Javier Ríos–, cambiaron de opinión. En base a informes periciales, y luego de una audiencia que sucedió a principios de mes en la que escucharon a las querellas y a la Fiscalía, decidieron que “no se encuentra acreditado en forma alguna que la esposa de Morello se halle en estado de discapacidad psíquica, como alega la defensa” por lo que la situación “no encuadra en los supuestos que habilitan el arresto domiciliario” del represor, sostuvieron en la resolución en la que anularon el beneficio y ordenaron su traslado a una cárcel.
“Morello adujo siempre que su mujer era depresiva, que no podía vivir si no estaba a su cuidado, y bueno, todo ese argumento por suerte se cayó”, apuntó Pablo Llonto, abogado querellante de Bárbara y Camilo García, hijos de una de las víctimas por las que Morello fue condenado.
Llonto y los querellantes que representa –los hermanos García– participaron el miércoles por la mañana de otra audiencia con el tribunal para analizar la situación de otro de los represores condenados en agosto de 2022: Martín Sánchez Zinny, también militar retirado del RIM 6 y carapintada, quien cumple prisión perpetua en su casa con la excusa de que tiene a su cuidado a su hijo con autismo. Las querellas y la fiscalía exigen que regrese a la cárcel.
Cinco años igual
Hasta 2017, Morello vivió tranquilo en su casa de Nahuel Malal, un barrio barilochense ubicado en el kilómetro 13 de la avenida que recorre la orilla del lago Nahuel Huapi, principal arteria de la ciudad patagónica. Aquel año, el juez federal Daniel Rafecas interrumpió esa paz y lo procesó con prisión preventiva por crímenes de lesa humanidad cometidos en el marco de su desempeño como subteniente en el Regimiento de Infantería número 6 de Mercedes, la casa de origen del dictador Jorge Rafael Videla.
Aquella causa fue la que, cinco años después, lo sentó en el banquillo de los acusados y por la que el TOF 2 de Ciudad de Buenos Aires lo condenó a perpetua. Mientras lo investigaba, Rafecas ordenó su traslado al penal de Ezeiza, donde estuvo poco tiempo. Para volver a su casa, puso de excusa el supuesto cuidado de su esposa. Rodeado de montañas y lagos, Morello transitó el juicio en su contra y oyó su sentencia, que el TOF habilitó a que cumpliera en su casa.
A fines de 2022, y por insistencia de la querella de Llonto, la Secretaría de Derechos Humanos y de la fiscalía, la Cámara de Casación le ordenó al TOF 2 revisar la situación a través de nuevas pericias médicas a la mujer. Los profesionales del Cuerpo Médico Forense aseguraron en su informe que, aunque la esposa presenta un “cuadro reactivo depresivo ansioso que requiere tratamiento ambulatorio”, ella “no presenta síntomas de alteraciones psicopatológicas que configuren un tipo de trastorno mental psicótico ni de déficit cognitivo” por lo que, desde su punto de vista, “sus facultades mentales se encuentran conservadas”.
Ante esa situación, la fiscal María Ángeles Ramos concluyó que “en ningún momento el CMF afirmó que la compañía de Morello es imprescindible para preservar el estado de salud de su esposa, ni que su estado de salud mental es de una gravedad importante, sino que aconseja la continuación del tratamiento de salud mental que realiza actualmente en forma ambulatoria”.
Ante esas conclusiones, los jueces entendieron que la situación de la esposa de Morello "no encuadra con una cuestión de salud de una persona discapacitada o una situación grave equiparable, máxime cuando la sugerencia del organismo mencionado es que no requiere la asistencia de Morello para su cuidado”.