La Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció que la República Argentina violó los derechos a la identidad y la familia, y discriminó a María, que era una niña de 13 años embarazada producto de un abuso intrafamiliar cuando fue despojada de su hijo. Mientras estaba embarazada, en la Maternidad Martin de Rosario le hicieron firmar un documento por el que daba en adopción al bebé por nacer, una instancia absolutamente ilegal. Poco después, María intentó de todas maneras recuperar al bebé, pero sólo encontró una nueva victimización en el poder judicial y en los organismos que debían proteger sus derechos. El nene ahora tiene 9 años y si bien conoce a su mamá, nunca fue restituido. La Corte IDH ordenó que "el Estado determinará la guarda y la situación jurídica" del niño "en el plazo de un año" y también que continúe el proceso de vinculación entre María y su hijo. Es que si bien siempre vivió con una pareja, nunca hubo guarda ni adopción. "Esta Sentencia constituye, por sí misma, una forma de reparación", dice la Corte, y también instó al Estado a continuar "las investigaciones que sean necesarias para determinar si existe responsabilidad penal por parte de los funcionarios que llevaron a cabo el procedimiento". 

"Para nosotras, la  mayor importancia está en que reconoce que hubo una violación a los derechos humanos, que ese consentimiento que se hizo firmar a una nena no es válido, que el accionar de todos los funcionarios fue irregular", subrayó Carmen Maidagan, una de las abogadas de la niña, hoy joven. "También ordena que se investigue penalmente, ya que se presume que hubo delitos, y los manda a todos a estudiar, tanto a los que están a cargo de las maternidades como al poder judicial", agregó la profesional, que representó a María junto a Araceli Díaz, Marta Nora Haubenreich y María Claudia Torrens.  

La sentencia de la Corte viene a ordenar una situación irregular desde el inicio: tanto en la Maternidad Martin de la Municipalidad de Rosario como en distintas instancias judiciales se convalidó un procedimiento de adoptabilidad contrario a la voluntad de la madre, entonces niña. Aquel documento que le habían hecho firmar estando embarazada -y con doce años- era incomprensible tanto para ella como para su madre, ya que tenía lenguaje legal técnico. 

"El Estado verificará la conformidad a derecho de la conducta de los funcionarios que intervinieron en los distintos procesos internos relacionados con el presente caso y, establecerá las responsabilidades que correspondan", dice el fallo que fue leído por el presidente de la Corte, Ricardo C. Pérez Manrique, de forma pública, a través de las redes sociales del organismo. La sentencia fue dictada por unanimida por el tribunal que integran también Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, Nancy Hernández López, Humberto Antonio Sierra Porto, Patricia Pérez Goldberg y Rodrigo de Bittencourt Mudrovitsch. Es decir que se debe iniciar una investigación judicial. 

“Nunca me escucharon, nunca me preguntaron si quería eso”, dijo María el año pasado, en la audiencia ante la Corte del 19 de octubre de 2022. En esa instancia, representado por el secretario de Derechos Humanos Horacio Pietragalla y la secretaria del área de la provincia de Santa Fe, Lucila Puyol, el Estado argentino reconoció su responsabilidad.

Mientras tanto, las acciones legales de las representantes de María pidiendo la restitución del niño están en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. "Esperemos que el supremo tribunal nacional actúe de acuerdo a lo sentenciado por la Corte Interamericana", dijo Maidagan.

Respecto de la situación jurídica del nene, la Corte IDH indicó: "El Estado deberá garantizar que la opinión del niño sea tomada en cuenta, de acuerdo con su grado de desarrollo emocional, para lo cual deberá contar con acompañamiento y asesoría psicológica para que el acto de toma de su voluntad se lleve a cabo según las recomendaciones técnicas".  La Corte subrayó "la necesidad del compromiso del mundo adulto con la solución del caso, por lo que se deberá facilitar la participación tanto de la familia de origen como de la familia con la que el niño reside actualmente". Pero además, el Estado deberá "proveer asistencia legal gratuita a María durante este proceso, así como la representación legal de los intereses" del niño" y garantizar el acompañamiento psicológico de ambos a lo largo de todo el proceso. También se exige que se brinde asistencia psicológica o psiquiátrica a la mamá de María. 

Otro punto de la sentencia es que el Estado "adoptará las medidas necesarias para crear e implementar un programa o curso obligatorio dirigido a operadores judiciales, incluyendo jueces, defensores, fiscales, asesores y demás funcionarios de la Provincia vinculados a la administración de justicia respecto de niños y niñas y a su protección". Pero no sólo eso, sino que también deberá crear un programa de capacitación para "los funcionarios que trabajen en los servicios de maternidad con el fin de que se capaciten sobre el tema del parto respetado, el consentimiento libre e informado y los mecanismos internos y convencionales sobre la adopción y guarda de niños y niñas". 

Además, obliga a "crear un protocolo de actuación para las maternidades para hacer frente a los embarazos de madres niñas y adolescentes, y una cartilla sobe los derechos de las madres niñas y adolescentes". La Corte IDH, además, supervisará que todas estas prescripciones se cumplan.