El tribunal que prepara el juicio a los tres detenidos por el intento de asesinato de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner advirtió que el trámite de un exhorto enviado a Estados Unidos en busca de información sobre contenido de redes sociales vinculadas a los acusados debe seguir tramitando en el juzgado de la jueza María Eugenia Capuchetti.
Los jueces del Tribunal Oral Federal 6 Sabrina Namer, Daniel Obligado e Ignacio Fornari sostuvieron que "la medida probatoria consistente en requerir al Departamento de Justicia de EE.UU. información transaccional y de contenido de las cuentas de redes sociales vinculadas a los imputados fue ordenada inicialmente por el juzgado instructor cuando todavía la investigación se encontraba a su cargo".
Los jueces respondieron así a un planteo de la fiscal de juicio, Gabriela Baigún, luego de que en septiembre pasado se negaran a seguir con el trámite de ese exhorto, iniciado por Capuchetti cuando el caso no había sido enviado aún a juicio.
El TOF 6 quedó a cargo de juzgar a los detenidos por el intento de magnicidio, Fernando Sabag Montiel, Brenda Uliarte y Gabriel Carrizo.
Los jueces evaluaron que "no obstante tratarse de una medida probatoria de carácter internacional inconclusa y con un plazo de vencimiento próximo", la jueza Capuchetti "consideró completa la instrucción y elevó a juicio la presente causa".
Ante ello, la magistrada de instrucción sostiene que debe ser el TOF 6 el que culmine con esa prueba y responda un pedido de aclaratoria cursado desde Estados Unidos. Pero los jueces del tribunal oral decidieron "no hacer lugar por improcedente" al recurso de la fiscalía a la espera de una decisión sobre el tema de la Cámara Federal porteña.
Los jueces reiteraron así que "no corresponde que este Tribunal Oral en lo Criminal Federal 6 responda o se expida respecto del pedido de aclaraciones o precisiones efectuado por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos, por intermedio del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en razón de tratarse de una prueba cuya producción quedó pendiente en la etapa instructoria".
Ante ello "deberá ser dicha judicatura quien "le haga saber a la autoridad extranjera si ha cesado su interés en aquella por haber clausurado y elevado a juicio la presente causa, o si continúa su utilidad en el marco de los testimonios extraídos", concluyó la resolución.